CIUDAD DE MÉXICO.- El  osito Bimbo, el Tigre Toño, el conejito de Nesquick, y demás personajes que solían mostrarse en productos chatarra, podrán seguir apareciendo en los empaques por dos meses más.

El gobierno federal, a través de las secretarías de Salud y Economía, decidieron extender el plazo para la eliminación de los empaques de estos personajes infantiles, hasta el próximo 31 de mayo.

También te puede interesar: Entérate por qué es importante ingresar al Geoportal Quintana Roo

Originalmente, el plazo para eliminar cualquier figura que pudiera inducir a los niños al consumo de productos con alto contenido de grasas, azúcares o sodios, era el 1 de abril de 2021, o de lo contrario la empresa podría hacerse acreedora a una multa.

Sin embargo, con la modificación del plazo del 1 de abril al 31 de mayo, no se sancionará a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realizarán tanto la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ni la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Ajustes al reglamento

Esto es parte del “Acuerdo Interinstitucional entre la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris y la Profeco, respecto a las actividades de verificación de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana (NOM-051-SCFI/SSA1- 2010)”.

El motivo, de acuerdo al documento, es “la velocidad de rotación de los inventarios de los alimentos y bebidas”, pues la modificación del empaquetado “difiere entre los establecimientos comerciales por múltiples razones”.

Por lo que se permitirá la coexistencia de productos con sellos y leyendas que cumplan y que no cumplan con la NOM-051-SCFI/ SSA-1-2010.

Lo anterior significa que las autoridades no considerarán una infracción a la información comercial y sanitaria establecida, si los productores nacionales utilizan etiquetas, adhesivos o calcomanías adheribles sobre los envases o embalajes de los empaques de alimentos y bebidas objeto de la modificación.

Será hasta el 31 de mayo 2021, que las autoridades no infraccionarán administrativamente con:

  • Amonestación
  • Multas.
  • Clausura.
  • Suspensión.
  • Revocación.
  • Cancelación.
  • Prohibición de comercialización.
  • Inmovilización.
  • Retiro de mercado del producto, ni ningún otra sanción.

Google News