CANCÚN, QR.- Tras el fallo de un tribunal federal que admitió un amparo de Uber el miércoles, la plataforma digital que estaba operando en Cancún, decidió limitar el servicio, después de que la gobernadora Mara Lezama declarara que su funcionamiento se tiene que sujetar a las reglas del estado.

En su aplicación, en el momento que se solicita un viaje, advierte en un mensaje que “todos los vehículos está ocupados. Por favor intenta más tarde”.

Uber aplicación

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El miércoles, durante la presencia de taxistas en la sede del Poder Judicial de la Federación y momentos previos al fallo que le permite a Uber operar en Quintana Roo, Heriberto Nuñez Cahuich, secretario general del Sindicato de Taxistas Andrés Quintana Roo, advirtió que el gremio tenía estrategias a seguir en caso de que se consumara la autorización.

Después de dictada la sentencia por los magistrados federales, los taxistas señalaron que seguirán defendiendo por las vías jurídicas y legales su postura de que Uber opere como una concesión en términos de la Ley de Movilidad.

Iniciativa para que Uber entre a los aeropuertos

El senador Marco Antonio Gama Basarte presentó una iniciativa para reformar la Ley de Aeropuertos y la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para regular la operación de las plataformas digitales de transporte como DiDi, Uber y Cabify en los aeródromos de México.

El proyecto de Ley plantea que las aplicaciones de movilidad pueden ofrecer servicios en las inmediaciones de los aeropuertos al conseguir un permiso otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

La propuesta apunta a que para la prestación del servicio de autotransporte de pasajeros, únicamente será necesario cumplir con los requisitos que señale la secretaría, en lugar de que se requiera una concesión como transporte público, como lo indica actualmente la Ley de Aeropuertos.

La SICT podrá aprobar los permisos a cualquier persona física o moral constituida conforme a las leyes mexicanas y que cumpla con determinados requisitos.

Sobre laLey de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, la iniciativa propone aclarar en el artículo 2° que expresa que las plataformas digitales no constituyen una modalidad de transporte nacional, en términos de la Ley de Inversión Extranjera.

Propone modificar también el artículo 8 con el fin de agregar que la SICT podrá otorgar permisos para la operación de las aplicaciones tecnológicas, de acuerdo con un reglamento que se emitiría para regular el servicio.

Los cambios que plantea el senador por Movimiento Ciudadano eliminarían la necesidad de que la SICT recabe, previamente, la opinión de la administración aeroportuaria para autorizar una solicitud de permiso para el servicio de autotransporte en los aeropuertos.

La operación de las plataformas digitales no está prohibida en la terminales aéreas; las leyes actuales establecen que no basta con la aprobación del gobierno, también se debe contar con el consentimiento de la administración de un aeródromo, pero los lineamientos no son claros ni expresos.

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