CANCÚN, QR.- Con la publicación del Programa de Manejo del Parque Nacional Tulum, el pasado 12 de enero en el Diario Oficial de la Federación, se establecen por fin las reglas de operación, protección a la flora y fauna del lugar, delimitaciones, y demás reglas para conservar el lugar-

La publicación, a cargo de María Luis Albores González, titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), se fundamenta en los artículos 65 y 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y 72, 73, 74, 75 y 76 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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Se destaca que el Parque Nacional Tulum fue establecido mediante el “Decreto por el cual, por causa de utilidad pública, se declara parque nacional con el nombre de Tulum, una superficie de 664-32-13 Has., ubicada en el municipio de Felipe Carrillo Puerto, Q. Roo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación los días 23 y 30 de abril de 1981, actualmente ubicado en el municipio de Tulum.

Se informa que el Programa de Manejo del Parque Nacional Tulum está a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) de la Ciudad de México; en la Dirección Regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano, en avenida Mayapán Sur, sin número, Supermanzana 21, de Cancún, y en las oficinas de representación de la Semarnat en Quintana Roo, en el Bulevar Kukulcán, kilómetro 4.8, de la Zona Hotelera de Cancún.

Se menciona que aun cuando el Parque Nacional Tulum tiene una extensión relativamente reducida, presenta una gran variedad de ambientes, como manglares, selva baja, humedales y matorral de dunas costeras, ríos subterráneos, playas y cenotes que funcionan como sitios de refugio, alimentación y reproducción de diversas especies.

Se indica que el objetivo general es constituir el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del Área Natural Protegida, con la categoría de Parque Nacional Tulum, para garantizar la protección, manejo, restauración, conocimiento, cultura y gestión de la diversidad biológica del lugar.

Subzonas del Parque Nacional Tulum

Se subzonificó el polígono, con base en los tipos de vegetación y su estado de conservación, humedales o cenotes, superficies donde se realizan actividades de turismo de bajo impacto ambiental, superficies con infraestructura turística en uso, sitios con algún grado de perturbación de los ecosistemas, áreas de anidación de tortugas marinas y superficies con presencia de especies en categoría de riesgo de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2010.

Con base en lo anterior, las subzonas de uso público establecidas para el Parque Nacional Tulum son: Preservación, con una superficie de 545 hectáreas, dividida en 19 polígonos; Caminos de Ingreso, con una superficie de 7.47 hectáreas, dividida en cinco polígonos; Playas, Accesos, Senderos y Vestigios Arqueológicos, con 2.34 hectáreas, dividida en nueve polígonos; Infraestructura Turística, que corresponde a una superficie de 38.33 hectáreas, dividida en 19 polígonos; y la subzona de Recuperación, conformada por 70.22 hectáreas y 17 polígonos.

La de Preservación es la subzona la de mayor extensión del Parque Nacional Tulum, y alberga selva baja subcaducifolia y subperennifolia, así como árboles de chechem negro, chicozapote, chaká, guarumbo, jabín, palmas nakás, chit y kuka, y en variedades de mangle botoncillo, blanco, negro y rojo.

También es  hábitat de jaguar, ocelote, tigrillo y yaguarundí, los tres primeros en peligro de extinción y el último en categoría de amenazada, así como venados cola blanca, temazate pardo de Yucatán, pecarí de collar, mapache, zorra gris, coatí, y aves, algunas en riesgo, como el perico pecho sucio, loro yucateco y tucán pico canoa.

Parque Nacional Tulum
El coatí habita en el Parque Nacional Tulum. Foto: Gobierno de México

También, la culebra perico mexicana, nauyaca nariz de cerdo yucateca y la rana ladrona yucateca, ejemplares que están incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010. Las dos últimas especies son endémicas de la Península de Yucatán.

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