CANCÚN, QR.- ¿Se pueden heredar deudas de familiares fallecidos? Aquí te explicamos  los casos en los cuales esto procede, según información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

El primer paso, después del periodo de luto por la muerte de un familiar, es revisar sus  finanzas personales, para asegurarse que sus deudas no pasen a otras manos.

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Heredar deudas de familiares, ¿es posible?

La Condusef indica que ningún familiar tiene obligación de pagar deudas de personas fallecidas, excepto en dos casos: cónyuges o albaceas y titulares de la cuenta del finado.

Existen excepciones en los que la gran mayoría de créditos y deudas adquiridas suelen liquidarse con seguros de vida preexistentes, pero para ello, es necesario revisar cada caso particular, a detalle.

En el caso de las tarjetas de crédito y las hipotecas, las deudas quedan condonadas cuando la persona fallece, siempre y cuando la falta de pago no supere los tres meses. Si uno de tus familiares fallece y contaba con deudas de mayor tiempo, debes notificar a las instituciones bancarias sobre este hecho, para poder negociar el pago de la deuda.

Para el tema de las cuentas bancarias, de igual forma, deberás tramitar la cancelación de la tarjeta, para dejar la cuenta en ceros y evitar cobros de comisiones, como mantenimiento o manejo de cuenta.

No olvides cancelar todas las cuentas bancarias de tu familiar fallecido, ya que, aunque no puedas heredar deudas, la cuenta puede ser utilizada en delitos como:

Robo de identidad, ya que la cuenta puede ser utilizada para generar cargos al nombre del familiar, por medio de terceros

Los ciberdelincuentes pueden utilizar los datos para realizar operaciones ilegales, como el caso del spoofing, que sucedió recientemente con usuarios de Citibanamex

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