Feminicidios: ni uno solo de 2020 ha sido resuelto en Quintana Roo

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CHETUMAL, QR.- Según cifras oficiales, en 2020 se registraron 14 feminicidios, aunque la Red Feminista Quintanarroense asegura que son más de 50. En cualquiera de los dos casos, ninguno ha sido resuelto.

Óscar Montes de Oca Rosales, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), informó que, de los 14 asesinatos de mujeres, en 11 los procesos están avanzados y quedan tres pendientes.

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Señaló que en varios casos aún hay algunas órdenes de aprehensión que cumplimentar.

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Los hechos más recientes se registraron el 7 de diciembre en Chetumal. Se trató de Jeydi “N”, quien fue encontrada en un camino rumbo al asentamiento “Mártires Antorchista”.

Su cuerpo fue hallado envuelto en una bolsa negra y con huellas de violencia. Lo último que se supo de ella fue que un día antes salió con un amigo y ya no regresó.

 

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Al ser cuestionado del porqué ningún caso se ha resuelto, señaló que ya ha habido vinculación a proceso y no se ha llegado a la sentencia, porque aún está la etapa de investigación.

“Ya están identificados los probables participantes, ya está formalizada la investigación ante un juez de control; van a darnos la investigación complementaria del juez, y acercándonos al juicio oral. En este 2020 aún no hay sentenciados”, destacó.

Del total de feminicidios ocurridos en el estado durante el presente año, más del 50 por ciento se registraron en Cancún.

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Señalan más de 50 feminicidios

Para la Red Feminista Quintanarroense no son 14 los feminicidios los que se han registrado, sino más de 50.

Una de sus integrantes y también representante del colectivo Xtabay, Ariadne Gamboa Song, señaló que desafortunadamente la FGE no ha realizado un trabajo adecuado.

Destacó que la mayoría de las muertes han sido consideradas como homicidios dolosos y no feminicidios.

Las autoridades se niegan a reconocer los asesinatos por razón de género, porque así conviene a sus intereses.

“Nosotros hemos realizado foros, talleres y capacitaciones para que los asesinatos de mujeres sean esclarecidos y también sean clasificados como feminicidios”, dijo.

“Sin embargo, las autoridades no han tomado en cuenta esta situación, por ello el 9 de noviembre pasado, ante la muerte de ‘Alexis’ (Bianca Alejandrina Lorenzana Alvarado), iniciamos un movimiento para exigir a las autoridades que hagan su trabajo”, agregó.

Comentó que no es posible que no se haya puesto el debido interés, no solo para investigar y resolver los feminicidios, sino también para establecer estrategias de prevención.

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Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) señalan que, en el presente sexenio, de manera oficial y con datos de la FGE en el estado, suman 42 casos de feminicidios.

  • 4 en 2017
  • 8 en 2018
  • 16 en 2019
  • 14 en 2020

De acuerdo con fuentes de la propia FGE, en lo que va de este sexenio sólo en seis casos se ha logrado sentencia.

Echan la “bolita” a diputados

El fiscal aceptó que se han registrado más homicidios de mujeres, pero que desde la perspectiva de la institución no encuadran en el tipo penal de feminicidio.

Dijo que son los diputados los que deberían hacer las modificaciones de ley para ampliar los supuestos, para que sean considerados como una muerte por razón de género.

“Son correcciones legislativas y les compete a los diputados llevar a cabo los ajustes correspondientes de ser el caso”, indicó Óscar Montes de Oca Rosales.

“A nosotros como fiscalía nos corresponde nada más la investigación y procurar la justicia para que los hechos no queden impunes, para que sea tipificado como feminicidio”, agregó.

En el Código Penal de Quintana Roo, en su artículo 89-Bis, se especifica que comete el delito de feminicidio el que dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de género.

Requisitos

Para que encuadre el tipo penal los supuestos son los siguientes:

  1. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
  2. El cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
  3. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
  4. Haya antecedentes o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso u hostigamiento sexual, o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
  5. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
  6. El activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, o haya ejercido actos de trata de personas en agravio de la víctima.
  7. Que haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
  8. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

La propia normatividad estipula que, para la configuración del delito, no es necesario que se acredite la personalidad misógina del inculpado.

Más que reformar leyes, deben aplicarse

El diputado Luis Fernando Chávez Zepeda consideró que, para reformar el Código Penal del Estado, se tendría que hacer lo propio, primero, con el Código Penal Federal, ya que lo establecido a nivel local es una homologación.

“Creo que más que reformar es necesario que se apliquen las leyes”, afirmó.

Cuestionó que unos dicen que son más de 50 casos de feminicidios y otros que 14.

“La ley no es para interpretar, es para aplicar, son cuestiones muy específicas”, añadió.

Mencionó que la diferencia entre un homicidio doloso y un feminicidio es la pena corporal, en este último caso se pueden alcanzar hasta 50 años de prisión.

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El hecho de que un asesinato se pretenda encuadrar en el tipo penal es complicado, aunque no por ello es necesario reformar las leyes en la materia.

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