CHETUMAL, QR.- La participación de religiosas en la marcha provida contra la despenalización del aborto, organizada la tarde del martes en esta ciudad, infringe la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Misioneras Hijas de la Madre Santísima de la Luz, conocidas en Chetumal como Madres de la Luz, portaron carteles y mantas con mensajes de apoyo a la vida y de rechazo al aborto.

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La asociación religiosa Misioneras Hijas de la Madre Santísima de la Luz fue fundada por el padre Juan Pablo Góngora Alvarado el 19 de diciembre de 1946.

La Carta Magna, en su artículo 130, establece que “el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley”.

En su inciso e, este artículo resalta que: los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus
instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios.

El Artículo 12 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por su parte, indica que “para los efectos de esta Ley, se consideran ministros de culto a todas aquellas personas mayores de edad a quienes las asociaciones religiosas a que pertenezcan confieran ese carácter. Las asociaciones religiosas deberán notificar a la Secretaría de Gobernación su decisión al respecto. En caso de que las asociaciones religiosas omitan esa notificación, o en tratándose de iglesias o agrupaciones religiosas, se tendrán como ministros de culto a quienes ejerzan en ellas como principal ocupación, funciones de dirección, representación u organización.

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El pasado 26 de octubre, por mayoría la XVII legislatura aprobó despenalizar el aborto en el estado. Con este hecho, se invalidaron y reformaron distintas disposiciones del Código Penal del Estado de Quintana Roo.

Esta iniciativa, impulsada por la fracción de Morena en el Congreso, pero propuesta por los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo en la XVII Legislatura, Alicia Tapia y Hugo Alday Nieto, armonizó la Carta Magna con la Constitución General de la República.

Además, con la aprobación, se evitó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  declarara inconstitucionales los códigos y la Carta Magna, por no actualizar el marco jurídico.

La reforma al artículo 1° Constitucional efectuada en junio de 2011, estableció como obligados a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Amparos contra la despenalización del aborto, sin sustento

Para el diputado presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de Quintana Roo, Hugo Alday Nieto, los amparos anunciados por grupos provida contra la despenalización del aborto, no tienen fondo.

El legislador señala que si los grupos provida inician la acción ante un juez de distrito, sería bueno porque nos ayuda a determinar la inconstitucionalidad.

Recientemente, la SCJN invalidó “la porción normativa” de la Constitución del Estado de Aguascalientes, que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural.

Resolución SCJN

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