La desaparición gradual de los cotizantes del régimen de 1973 dejará a la Ley 97 y al ahorro individual en las Afores como la única vía disponible para el retiro laboral en México.
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Fin del régimen de pensiones vitalicias por transición demográfica
El esquema pensionario basado en el promedio salarial de los últimos cinco años dejará de recibir nuevos solicitantes debido al agotamiento natural del padrón de trabajadores trabajadores activos bajo este marco legal.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) proyecta que para el año 2035 —con estimaciones que se extienden al 2039— la mayor parte de la población económicamente activa amparada por la legislación anterior se habrá jubilado. Este fenómeno extingue la coexistencia de los dos sistemas actuales, consolidando la obligatoriedad del esquema posterior.
- Población objetivo original: Exclusiva para perfiles laborales con registro formal de cotización previo al 1 de julio de 1997.
- Mecanismo de sustitución: Transición total hacia el modelo de cuentas individuales gestionadas por las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).
- Causa de la extinción: Cumplimiento del ciclo biológico y laboral de la generación de cotizantes adscrita a dicho marco, sin posibilidad legal de nuevas incorporaciones.
Ventajas competitivas del cálculo de pensión bajo el esquema de 1973

El atractivo de este modelo radica en la determinación del monto mensual mediante variables fijas y el respaldo financiero directo del Estado.
El cálculo del beneficio económico se ejecuta a través del promedio del salario diario integrado de las últimas 250 semanas de cotización combinadas con el volumen total de semanas laboradas. Esta estructura remueve la volatilidad del mercado financiero del resultado final del pensionado.
La certidumbre financiera del esquema previo se fundamenta en derechos específicos que no dependen del saldo acumulado:
- Pensión vitalicia asegurada: Pago mensual garantizado de por vida con cargo al presupuesto del Gobierno Federal y el IMSS.
- Actualización inflacionaria: Incrementos anuales automáticos vinculados al comportamiento del salario mínimo general.
- Cobertura médica integral: Acceso completo a los servicios de salud institucionales para el asegurado y sus dependientes económicos.
- Protección familiar extendida: Derecho a la transferencia del beneficio económico por concepto de viudez, orfandad o invalidez.
El panorama del retiro mediante cuentas individuales de la Ley 97
La desaparición de la legislación previa transfiere el riesgo financiero del retiro directamente al ahorro acumulado por el empleado.
Bajo la normatividad vigente desde julio de 1997, el monto final de la jubilación se supedita en su totalidad al capital acumulado en la cuenta individual de la Afore y los rendimientos netos generados por las sociedades de inversión. Esto elimina el concepto de renta fija gubernamental, transformando el proceso en un ejercicio de ahorro privado obligatorio.

