El reciente decreto presidencial establece una reducción progresiva en la edad mínima de jubilación para trabajadores del Estado bajo el régimen Décimo Transitorio. Esta medida permite adelantar el retiro a quienes cumplen 28 o 30 años de servicio, otorgando una ventaja competitiva de dos años adicionales a las mujeres.
También te puede interesar: Calendario de pago de utilidades 2026: fechas límite para el cobro de la PTU
Alcance del decreto y perfiles beneficiados por la reforma
La disposición jurídica se enfoca exclusivamente en los empleados públicos que cotizan bajo el esquema del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. Este grupo integra a los trabajadores que se mantenían activos durante la transición legislativa de 2007 y decidieron no migrar al sistema de cuentas individuales, rechazando los bonos de pensión ofrecidos en aquel periodo.
La política actual introduce una diferenciación de género basada en el reconocimiento de la carga de trabajo histórica de las mujeres. Gracias a este ajuste, las trabajadoras pueden acceder al retiro dos años antes que los hombres en cada una de las etapas del calendario de implementación. Para el ciclo 2034, la edad de salida se fijará en un mínimo de 53 años para ellas y 55 años para ellos.
Requisitos indispensables para gestionar la jubilación anticipada

Para que un derechohabiente pueda ejercer este derecho publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), debe acreditar la coexistencia de tres factores específicos de elegibilidad:
- Pertenencia estricta al régimen Décimo Transitorio.
- Estatus de trabajador activo al momento de entrar en vigor la Ley del ISSSTE en 2007.
- No haber aceptado los bonos de pensión del organismo durante el proceso de transición.
Es fundamental precisar que los años de cotización obligatorios no han sufrido modificaciones. Los hombres deben acreditar 30 años de servicio, mientras que las mujeres deben cumplir con un periodo mínimo de 28 años. Esta facilidad administrativa aplica de forma única para la modalidad de pensión por jubilación; quedan fuera de este beneficio las pensiones por edad y tiempo de servicio, así como las de cesantía en edad avanzada.
Cronograma de reducción gradual de edad mínima
El proceso de disminución etaria se ejecuta en bloques de tres años, permitiendo una transición ordenada para el sistema de seguridad social. Según el calendario oficial, las edades requeridas se distribuyen de la siguiente manera:
- Periodo 2026-2027: Las mujeres podrán jubilarse a los 56 años y los hombres a los 58 años.
- Periodo 2028-2030: El requisito baja a 55 años para mujeres y 57 años para hombres.
- Periodo 2031-2033: La edad se establece en 54 años para mujeres y 56 años para hombres.
- A partir de 2034: Se alcanza el tope mínimo de 53 años para mujeres y 55 años para hombres.
Durante el presente año, la normativa exige que los solicitantes cuenten con 56 años (mujeres) o 58 años (hombres) para proceder con la liberación de su fondo pensionario.
Implicaciones estratégicas para la planeación del retiro
Aquellos empleados que ya han consolidado su antigüedad laboral —28 años para el sector femenino y 30 para el masculino— y que cumplen con la edad mínima estipulada para el bienio 2026-2027, están facultados para iniciar la gestión administrativa de forma inmediata en las delegaciones del ISSSTE.
Este decreto no solo representa una simplificación de trámites, sino que brinda certeza jurídica a miles de servidores públicos que han dedicado su trayectoria profesional al aparato estatal. La medida se posiciona como una herramienta de justicia social que busca optimizar las condiciones de acceso a un retiro digno y remunerado, alineado con el tiempo de vida productiva real de la base trabajadora.

