La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa de 42,849,095 pesos a la Federación Mexicana de Futbol tras comprobar graves omisiones en el aviso de privacidad y en los mecanismos de consentimiento del sistema de registro digital FAN ID.
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Incumplimiento normativo en la gestión biométrica de la FMF
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno determinó dos infracciones centrales contra la Federación Mexicana de Futbol por el manejo irresponsable de imágenes faciales y datos personales.
El organismo regulador comprobó que la asociación civil procesó información sensible recopilada a través del FAN ID —plataforma obligatoria para el acceso a recintos deportivos que exige identificación oficial, número celular y fotografía tipo selfie— sin apegarse al marco legal vigente.
Las vulneraciones específicas detectadas por las autoridades abarcan dos frentes legales:
- Aviso de privacidad deficiente: Omisión explícita en la documentación legal para informar a los usuarios que la recolección de fotografías constituye un tratamiento de datos biométricos de carácter sensible.
- Mecanismos de consentimiento inválidos: Empleo exclusivo de una casilla de verificación en plataforma web, eludiendo la exigencia legal de firma autógrafa, firma electrónica u otro método de autenticación inequívoco que constante la autorización explícita del titular.
La omisión impidió que los aficionados conocieran el alcance real del uso de su información facial, cancelando la posibilidad de tomar una decisión informada antes del registro.
Alcance financiero y criterios de la sanción económica
La multa fijada en 42,849,095 pesos responde a la evaluación estricta de la gravedad del fallo y la capacidad financiera del sancionado.
La autoridad federal fundamentó el monto final tras auditar los ingresos declarados por la FMF en el ejercicio fiscal correspondiente a 2024, asegurando proporcionalidad entre la falta y la penalización.
Vías de impugnación y postura del Gobierno Federal
La Federación Mexicana de Futbol conserva el derecho constitucional de interponer recursos legales para revertir o modificar la resolución administrativa emitida.
Ante la posibilidad de un juicio contencioso, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ratificó que mantendrá la defensa legal de la determinación. El fallo no es definitivo hasta que concluyan los periodos de impugnación establecidos en la ley o se agoten las instancias judiciales correspondientes.

