Claves de la Noticia
- Roberto Borge sale de prisión tras dictarse el cambio de su medida cautelar por una fianza de 10 millones de pesos, obligándolo a permanecer en reclusión domiciliaria.
- El exmandatario estatal llevará su proceso con el uso de un brazalete electrónico y la prohibición absoluta de abandonar el país.
- Esta determinación jurídica ocurre semanas después de que fuera absuelto del delito de delincuencia organizada por falta de pruebas de la FGR.
QUINTANA ROO.- La jueza Graciela Anaya Ruiz, adscrita al Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México, ordenó la madrugada de este sábado la liberación del exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, quien se encontraba recluido desde 2017 en un penal de Morelos.
La medida cautelar fue modificada a prisión domiciliaria luego de que el exmandatario acreditara el pago de una garantía económica por 10 millones de pesos, en el marco del proceso penal separado que enfrenta por su probable responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido como lavado de dinero.
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El traslado formal del imputado hacia un inmueble ubicado en un municipio mexiquense colindante con la Ciudad de México está programado para ejecutarse a partir de las siete de la mañana por personal de la Policía Procesal de la Guardia Nacional.
El periodista Octavio Luna, a través del noticiero N+ Foro de Televisa, detalló que la resolución judicial impone restricciones estrictas al exfuncionario para garantizar su permanencia en el proceso. A Roberto Borge se le colocará un brazalete electrónico, se le prohibirá estrictamente salir del país y tendrá el mandato legal de no acercarse bajo ninguna circunstancia a las autoridades ministeriales y judiciales que conocen de su causa.
La modificación del régimen de reclusión se suscita debido a que la representación social de la Federación no ha establecido formalmente si presentará un recurso de apelación en contra de las determinaciones previas que beneficiaron al imputado, manteniendo vigente únicamente la imputación por recursos de procedencia ilícita bajo el resguardo domiciliario.
Roberto Borge sale de prisión y la transición a la reclusión domiciliaria
El proceso de liberación y traslado hacia el Estado de México responde a la evolución del estatus jurídico del exgobernador. Roberto Borge permaneció bajo la rigurosa medida de prisión preventiva justificada en un Centro Federal de Readaptación Social en el estado de Morelos desde su extradición y captura.
Los trámites administrativos correspondientes para habilitar su salida se gestionaron de forma inmediata tras validarse la fianza impuesta por la jueza Anaya Ruiz. La Guardia Nacional desplegará un operativo de custodia para asegurar que el exmandatario sea confinado en la residencia asignada dentro del territorio mexiquense, donde deberá continuar con el desahogo de las etapas procesales pendientes.
Este cambio de escenario carcelario representa un punto de inflexión en las indagatorias federales que iniciaron hace casi una década. La defensa del exgobernador logró fincar la viabilidad de la excarcelación argumentando el cumplimiento de los requisitos económicos y la disponibilidad de mecanismos de geolocalización permanente.
Por su parte, la Fiscalía General de la República (FGR) mantiene la vigilancia del cumplimiento de los mandatos de la judicatura federal, vigilando que el indiciado no evada la acción de la justicia durante el desarrollo de las audiencias subsecuentes relacionadas con los delitos financieros que se le imputan de manera formal.
Absolución previa del delito de delincuencia organizada
La modificación de las medidas cautelares en favor del político quintanarroense se produce semanas después de un revés sustancial para las autoridades federales. El pasado 4 de junio, el juez federal Gustavo Eduardo Alonso Ortiz, en funciones de tribunal de enjuiciamiento, decretó la absolución por escrito de Roberto Borge respecto al cargo de delincuencia organizada.
De acuerdo con las constancias de la sentencia recopiladas por Agencia Reforma, el juzgador determinó de manera unánime que la FGR no aportó los elementos de prueba necesarios ni suficientes para acreditar con legalidad que el exmandatario encabezara una red criminal articulada dentro de su administración.
La hipótesis central del Ministerio Público de la Federación señalaba de manera directa que las operaciones comerciales cuestionadas se ejecutaron a precios ostensiblemente inferiores a su valor real en zonas de alta plusvalía turística de la península.
La imputación sostenía que se generó un presunto daño patrimonial estimado en 850 millones de pesos en perjuicio del erario del estado de Quintana Roo. No obstante, durante el juicio oral, las pruebas técnicas y los testimonios de los fiscales no cumplieron con el estándar probatorio requerido para demostrar la existencia de una estructura jerárquica con dolo penal, lo que derivó en el fallo absolutorio emitido por Alonso Ortiz.
Las irregularidades en la enajenación de bienes del Estado
El núcleo del expediente que construyó la federación se concentraba específicamente en la enajenación de un paquete de 18 inmuebles que formaban parte activa de las reservas territoriales del estado de Quintana Roo.
Según las investigaciones ministeriales primarias, dichos terrenos se encontraban localizados geográficamente en regiones con un elevado desarrollo económico y turístico, abarcando de forma integral los municipios de Cancún, Cozumel, Playa del Carmen, Tulum y Othón P. Blanco.
La base económica del reclamo institucional radicaba firmemente en un dictamen pericial de costos comerciales elaborado por especialistas adscritos a la propia fiscalía.
Dichos peritos oficiales tasaron el valor real de los 18 terrenos en una cantidad consolidada de mil 86 millones de pesos. A pesar de dicha valuación técnica, los registros oficiales de compraventa demostraron fehacientemente que el gobierno estatal enajenó las citadas propiedades por una suma final de 236 millones de pesos a lo largo del quinquenio gubernamental de Roberto Borge.
Si bien la diferencia aritmética de 850 millones de pesos constituyó el argumento medular para denunciar el desfalco fiscal, el tribunal resolvió que el esquema corporativo bajo indagación no pudo ligarse jurídicamente a una asociación delictiva formal, determinando que no basta con exhibir transacciones complejas o discrepancias de avalúos sin demostrar la coautoría delictiva de cada partícipe.

