Claves de la Noticia
- El exgobernador Roberto Borge fue absuelto del delito de delincuencia organizada debido a que la Fiscalía General de la República no logró demostrar la existencia de una red criminal bajo su mando.
- La acusación ministerial señalaba una presunta estructura delictiva dedicada a la venta subvaluada de 18 predios de reservas territoriales, calculando un daño patrimonial de 850 millones de pesos.
- A pesar del fallo absolutorio dictado en este expediente, el exmandatario continuará bajo la medida de prisión domiciliaria al enfrentar un proceso independiente por lavado de dinero.
CDMX.- El juez federal Gustavo Eduardo Alonso Ortiz, en funciones de tribunal de enjuiciamiento, absolvió por escrito el pasado 4 de junio al exgobernador Roberto Borge del delito de delincuencia organizada. La resolución judicial determinó que la Fiscalía General de la República (FGR) no aportó los elementos de prueba necesarios para acreditar de forma legal que el exmandatario de Quintana Roo encabezó una red criminal enfocada en la venta de 18 predios de las reservas territoriales estatales.
La hipótesis del Ministerio Público de la Federación señalaba que las operaciones comerciales se ejecutaron a precios inferiores a su valor real en zonas de alta plusvalía turística, generando un presunto daño patrimonial de 850 millones de pesos para el erario público, lo cual no fue demostrado en el juicio oral.
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Tras notificarse la sentencia absolutoria en esta causa penal específica, las autoridades judiciales confirmaron que el político, quien ejerció el cargo ejecutivo estatal de 2011 a 2016, no obtendrá su libertad inmediata ni absoluta. El exgobernador Roberto Borge permanece bajo la medida cautelar de prisión domiciliaria en un inmueble localizado en un municipio del Estado de México, colindante con la Ciudad de México.
Esta condición jurídica se debe a que mantiene vigente un proceso penal separado por su probable responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido como lavado de dinero, sin que se haya establecido formalmente si la representación social federal presentará un recurso de apelación contra el fallo de absolución.

Argumentos del juez federal para desestimar la acusación de la FGR
El eje fundamental de la resolución absolutoria radicó en la insuficiencia de la carga probatoria presentada por los fiscales federales durante las audiencias. De acuerdo con las constancias de la sentencia escrita, recopiladas en los reportes periodísticos de Agencia Reforma, el tribunal determinó que la Fiscalía General de la República no cumplió con el estándar probatorio requerido para demostrar que el exgobernador Roberto Borge dirigiera formalmente una organización delictiva articulada.
El juzgador detalló que tampoco se comprobó el vínculo penal necesario entre los supuestos coautores ni se demostró fehacientemente que las personas morales involucradas en las transacciones inmobiliarias tuvieran la naturaleza de empresas “fachada”, en un caso relacionado con presuntas irregularidades ocurridas durante la administración del exgobernador Roberto Borge.
En la argumentación del fallo, el juzgador Alonso Ortiz precisó que dentro del esquema procesal penal vigente no basta con exhibir operaciones comerciales complejas o discrepancias en los avalúos de los bienes del Estado.
La autoridad ministerial civil tiene la obligación estricta de evidenciar la existencia de una estructura jerárquica y el dolo en la conducta de cada partícipe. Por ende, la resolución no califica la idoneidad administrativa de los contratos firmados en el quinquenio respectivo, sino que sanciona la falta de rigor técnico de la fiscalía al encuadrar los hechos bajo el tipo penal de delincuencia organizada.
Municipios afectados y montos financieros bajo investigación
La acusación formal presentada por la representación social se concentraba en la enajenación de 18 inmuebles que formaban parte del patrimonio de las reservas territoriales de Quintana Roo. Las indagatorias ministeriales ubicaban geográficamente dichos predios en regiones con un elevado desarrollo económico y turístico dentro de la península, abarcando los municipios de Cancún, Cozumel, Playa del Carmen, Tulum y Othón P. Blanco.
La base económica del reclamo de la FGR consistía en el dictamen pericial de los costos comerciales. Los peritos adscritos a la federación tasaron el valor real de los 18 terrenos en una cantidad total de mil 86 millones de pesos. No obstante, los registros oficiales de compraventa demostraron que el gobierno estatal enajenó dichas propiedades por una suma de 236 millones de pesos durante la administración del exgobernador Roberto Borge.
Esa diferencia aritmética de 850 millones de pesos constituyó el argumento central para demandar el desfalco a las finanzas públicas, aunque el esquema corporativo no pudo ligarse a una asociación delictiva formal.
Situación jurídica del exgobernador Roberto Borge ante el proceso pendiente
Las investigaciones ministeriales de la federación integraron constancias que señalaban que una de las propiedades en litigio fue adquirida de manera directa por María Rosa Yolanda Angulo Castilla, madre del exgobernador Roberto Borge.
Sin embargo, la resolución del tribunal de enjuiciamiento determinó que los nexos familiares y los contratos de compraventa aportados al expediente resultaron insuficientes para acreditar un concierto criminal o un pacto ilícito con fines de delincuencia organizada.
Al desestimarse los cargos de este expediente por falta de pruebas, el panorama del imputado se concentra exclusivamente en el juicio pendiente por lavado de dinero. Por tal motivo, el exgobernador Roberto Borge continuará sujeto a la privación de la libertad en la modalidad de prisión domiciliaria en el territorio del Estado de México.
La sentencia dictada únicamente extingue la persecución penal por el delito de organización criminal en esta causa particular, dejando a salvo los derechos de las partes para inconformarse ante los tribunales de alzada correspondientes.

