La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) fijó el 15 de agosto de 2026 como plazo límite para el registro de líneas celulares en México con terminación cero, advirtiendo su suspensión de servicio si no se vinculan. Esta medida es el primer escalón de un calendario progresivo.
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El quiebre del plazo general: Nueva hoja de ruta para la vinculación
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ha desechado el plazo único de registro, optando por un calendario escalonado según el último dígito del número celular.
La anterior fecha general del 30 de junio fue descartada por la autoridad reguladora, dando paso a un esquema de registro diferenciado que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Las primeras líneas bajo este nuevo filtro son aquellas cuyo número finaliza en 0, para las cuales el ultimátum se sitúa en el 15 de agosto de 2026. Tras el vencimiento de cada fecha límite asignada, las compañías telefónicas dispondrán de 72 horas adicionales para proceder con la suspensión efectiva del servicio.
Balance de cobertura: Cuarenta millones de líneas prepago en riesgo
El padrón nacional registra 68 millones de líneas celulares vinculadas, dejando 40 millones de números prepago sin registrar, cifra que tensiona la cobertura regulatoria.
A finales de junio, la CRT reportaba un registro de 63 millones de líneas, contrastando con un total de 144,585,131 líneas móviles activas en el mercado mexicano. Este diferencial evidencia una considerable brecha en el padrón nacional. La situación se agrava al considerar que, del total de líneas pendientes de vinculación, cuarenta millones corresponden al segmento de prepago.
La distribución de líneas activas y pendientes de registro se detalla así:
- Líneas móviles activas en México: 144,585,131
- Líneas registradas hasta junio: 63 millones
- Líneas registradas (dato actualizado): 68 millones
- Líneas prepago aún por vincular: 40 millones
Consecuencias del no registro: Limitación de servicio, no pérdida del número

La falta de vinculación implicará la suspensión de servicios esenciales como llamadas y datos móviles, aunque el número telefónico no será cancelado de forma definitiva.
La suspensión del servicio por incumplimiento del registro implica una operatividad extremadamente limitada para el usuario. Durante este periodo, el teléfono solo podrá realizar llamadas a servicios de emergencia y atención ciudadana, incluyendo la comunicación directa con la compañía telefónica. Adicionalmente, las alertas sísmicas permanecerán activas. El restablecimiento del acceso normal a llamadas, mensajes de texto y datos móviles solo se producirá una vez completada la vinculación del número con la operadora correspondiente. El número, sin embargo, no se pierde de forma permanente.
Las funciones habilitadas y suspendidas durante el periodo de inactividad son:
- Funciones activas:
- Llamadas a servicios de emergencia.
- Acceso a atención ciudadana.
- Comunicación con la compañía telefónica.
- Recepción de alertas sísmicas.
- Funciones suspendidas:
- Llamadas salientes y entrantes habituales.
- Envío y recepción de mensajes de texto.
- Acceso a datos móviles.
Activación de salvaguardas: La CRT ordena alertas por SMS
La autoridad reguladora ha instruido a las operadoras el envío de mensajes SMS para notificar a los usuarios pendientes de registro, intensificando los avisos en la semana previa al vencimiento.
Para asegurar que los usuarios no sean sorprendidos por la suspensión, la CRT ha modificado el procedimiento de notificación. Las empresas de telecomunicaciones están obligadas a enviar mensajes de texto (SMS) dos veces por semana a los usuarios que aún no hayan completado el registro de su línea. Durante los siete días previos a la fecha límite individual, la frecuencia de estos mensajes se incrementará a una base diaria. Tras el vencimiento del plazo, las compañías deberán emitir una advertencia adicional, informando que la suspensión del servicio se hará efectiva en las 72 horas siguientes.
La tensión estructural: Temor a la parálisis de red por suspensiones masivas
La prórroga y el escalonamiento buscan mitigar el riesgo de una desestabilización en las redes de telecomunicaciones, evitando el procesamiento simultáneo de un volumen masivo de comandos de suspensión.
La decisión de la CRT de establecer un calendario escalonado, en contraste con un plazo único para todos los usuarios, no fue meramente una extensión de tiempo. Documentos y audios internos, revisados por medios como El Economista, revelaron la preocupación de la CRT ante el riesgo de una parálisis o inestabilidad en la infraestructura de las redes de telecomunicaciones. Una suspensión masiva simultánea, de haberse mantenido el plazo general del 30 de junio, habría implicado un volumen excesivo de comandos a procesar, potencialmente desbordando la capacidad operativa y técnica de las operadoras. Por ello, la estrategia de segmentación por último dígito busca contener esta tensión estructural, distribuyendo la carga de trabajo y minimizando riesgos operativos.

