Gerardo Fernández Noroña: Inmunidad parlamentaria bajo análisis por violencia política

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La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mandata al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich) evaluar la inviolabilidad parlamentaria del senador Gerardo Rodolfo Fernández Noroña. La revisión es clave para determinar si lo libra de una sentencia por violencia política de género contra la presidenta municipal de Uruapan.

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Tribunal Electoral ordena reevaluar fuero de senador Noroña

La Sala Regional Toluca del TEPJF exigió al TEEMich un análisis exhaustivo de la protección constitucional que podría amparar al legislador Fernández Noroña. Esta directriz, contenida en la sentencia ST-JDC-137/2026, establece que únicamente si el tribunal local concluye que dicha protección no es aplicable, deberá estudiar el fondo de la controversia por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG) en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Itzel Quiroz García. Solo entonces se determinará la procedencia de las medidas de reparación.

La Sala Regional concedió un plazo de 10 días hábiles para que el TEEMich emita su nueva resolución. En caso de que el fallo resulte nuevamente adverso para el senador, Fernández Noroña mantiene la posibilidad de impugnar una vez más la decisión ante la propia Sala Regional Toluca, prolongando el proceso judicial.

Fallo previo del TEEMich: Senador incurrió en violencia de género

Esta nueva directriz emerge semanas después de que el TEEMich concluyera, unánimemente y por sus cinco magistraturas, que Fernández Noroña ejerció violencia política de género en perjuicio de la alcaldesa de Uruapan. El proyecto, elaborado por la magistrada Yurisha Andrade Morales y presentado por la magistrada presidenta Amelí Gissel Navarro Lepe, evidenció que las declaraciones del senador rebasaron los límites del debate político.

La conclusión del TEEMich apuntó a una desacreditación de la gestión y las aspiraciones políticas de Grecia Quiroz. La vinculación de estas con aspectos de su vida personal y con las circunstancias en las que asumió el cargo, tras el asesinato de su esposo, fue central en el hallazgo de VPMG.

Medidas de reparación contra el legislador

Como parte de las sanciones impuestas por el TEEMich, se establecieron diversas acciones compensatorias y de capacitación para el legislador, las cuales solo se aplicarían si la sentencia queda firme y la inviolabilidad parlamentaria no prospera. Estas incluyen:

  • Inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPMG por seis meses.
  • Disculpa pública a la víctima.
  • Acreditación de un curso de capacitación a su costo.
  • Notificación a la Mesa Directiva del Senado, al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

Contexto del conflicto: Designación y aspiraciones políticas

El conflicto se desencadenó tras el asesinato del alcalde de Uruapan, Carlos Manzo Rodríguez, el 1 de noviembre de 2025. Posteriormente, el Congreso del Estado de Michoacán designó a su viuda, Grecia Quiroz, como presidenta municipal sustituta.

Declaraciones del senador: Vínculo entre gestión y vida personal

La alcaldesa manifestó su intención de buscar justicia y se refirió al proyecto político de su esposo rumbo a la elección de 2027. Tras estas declaraciones, Fernández Noroña realizó diversas afirmaciones en transmisiones en vivo y desde la tribuna del Senado. Entre ellas, sostuvo que a la alcaldesa “se le despertó la ambición” y la calificó de “fascista” e “irresponsable”.

Recorrido procesal y revocaciones judiciales

Estas expresiones motivaron al Instituto Electoral de Michoacán a emitir medidas cautelares en febrero para retirar los fragmentos difundidos en YouTube. En una etapa inicial, el TEEMich se declaró incompetente, argumentando que la alcaldesa ocupaba el cargo por designación y no por elección popular. Sin embargo, la Sala Regional Toluca revocó ese criterio y ordenó analizar el asunto. Con la reciente resolución, el tribunal local debe ahora definir si las declaraciones del senador están protegidas por la inviolabilidad parlamentaria antes de adentrarse en el fondo del caso.

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