El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aplicará una reducción del 50% en el aguinaldo para nuevos pensionados en Zacatecas, pasando de 60 a 30 días, tras el aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para garantizar la viabilidad financiera del sistema estatal.
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Una de las determinaciones más críticas para el sector público en México se ha materializado tras la validación judicial de un cambio estructural en el régimen de pensiones. El ISSSTE, en conjunto con instancias jurídicas, confirmó una modificación que incide directamente en la percepción anual de miles de jubilados. Específicamente, aquellos bajo el sistema estatal en Zacatecas (ISSSTEZAC) experimentarán una contracción severa en su prestación de fin de año. El núcleo de esta medida es el ajuste al aguinaldo, un recurso que históricamente funcionaba como el pilar económico para el retiro, y cuya alteración ha activado las alarmas entre los trabajadores activos que proyectaban su jubilación bajo las condiciones previas.
La intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece un precedente jurídico ineludible al declarar la constitucionalidad de este recorte. El argumento central del máximo tribunal se basa en la urgencia de asegurar la sostenibilidad financiera del fondo de pensiones frente a la presión inflacionaria y económica actual.
Resolución de la SCJN: la legalidad detrás del recorte de prestaciones
El fallo emitido por la Suprema Corte ratifica la validez de la reforma al artículo 74 de la Ley del ISSSTEZAC. Esta normativa permite legalmente disminuir el aguinaldo de 60 a 30 días de salario base para quienes accedan al retiro bajo el nuevo marco legal. Los ministros señalaron que esta acción es imperativa para prevenir una insolvencia técnica del fondo de pensiones que pondría en peligro el pago de las mensualidades ordinarias para la totalidad de los beneficiarios a largo plazo.
Es fundamental precisar que el dictamen judicial respeta el principio de no retroactividad. Esto significa que:
- Pensionados previos al 11 de agosto de 2024: Mantendrán su derecho original de 60 días de aguinaldo sin alteraciones.
- Nuevos jubilados: Quienes obtengan su dictamen de jubilación posterior a dicha fecha se verán sujetos estrictamente al pago de 30 días.
Segmentos afectados y condiciones de aplicación en 2026

El recorte impacta de forma exclusiva a la nueva generación de jubilados del sistema ISSSTEZAC en Zacatecas. Dentro de este grupo se encuentran docentes, personal administrativo (burócratas) y empleados de confianza. Para estos trabajadores, la planificación financiera sufre un revés del 50% en su expectativa de ingresos anuales adicionales. Aunque sectores políticos defienden la medida como un “mal necesario” para evitar el colapso del sistema, las organizaciones sindicales han manifestado su preocupación por la pérdida de poder adquisitivo en la población adulta mayor.
Cálculo del aguinaldo proporcional para beneficiarios de Vinculación Productiva INAPAM
Para los adultos mayores de 60 años integrados al mercado laboral mediante el programa de Vinculación Productiva del INAPAM, el derecho al aguinaldo se rige por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Esta prestación debe ser, como mínimo, de 15 días de salario. En caso de no haber completado el año calendario laborando, se debe percibir una parte proporcional.
Para determinar el monto exacto en 2026, considerando un salario mínimo mensual de 9,582.47 pesos (317.04 pesos diarios), se debe ejecutar el siguiente procedimiento analítico:
- Cálculo del salario diario: Dividir el ingreso mensual entre 30.
- Aguinaldo base: Multiplicar el salario diario por 15 (días mínimos de ley).
- Factor diario: Dividir el aguinaldo base entre 365 días del año.
- Cálculo final: Multiplicar el factor diario por el número total de días efectivamente laborados (por ejemplo, 180 días si se trabajó el semestre).
Las empresas están obligadas por ley a efectuar este pago durante el mes de diciembre para todos los trabajadores, incluyendo aquellos de planta, confianza o sindicalizados. En escenarios de renuncia o despido, el pago proporcional debe liquidarse en la fecha de la terminación laboral.
Sostenibilidad del sistema de retiro: el balance entre derechos y finanzas
La SCJN ha sido enfática en que el ajuste de 60 a 30 días responde a una realidad demográfica donde el aumento de pensionados supera la capacidad de recaudación de los recursos públicos. Al no existir una obligación constitucional de mantener esquemas ampliados que superen los mínimos legales en contextos de crisis financiera, el tribunal priorizó la estabilidad estructural sobre los beneficios adicionales.
Especialistas en seguridad social advierten que esta resolución abre la puerta a una discusión más profunda sobre una reforma integral de pensiones en México. El debate actual no solo se centra en el recorte puntual de ingresos, sino en la necesidad de encontrar soluciones que no vulneren la calidad de vida de los jubilados mientras se intenta rescatar a los institutos de seguridad social de la quiebra financiera latente.

