Fonatur ajusta valor de predio en Cancún a 64 millones

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CANCÚN, QR.– Ante la falta de interés por parte de compradores de bienes inmuebles, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) rebajó un 11 % el precio de un predio en Cancún que puso a la venta desde marzo pasado, como puede observarse en su plataforma oficial.

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Fonatur reduce 11 % el precio de un predio en Cancún ante la falta de compradores.

Con un precio de salida de 73 millones 195 mil 070.06 pesos, Fonatur ofertó el lote 862, con una superficie de 8 mil 018.28 metros cuadrados. Al declararse “subasta desierta”, el lote, ubicado en Circuito Popocatépetl Unnamed Road 10, fue reajustado a un valor de 64 millones 478 mil 258.10 pesos, es decir, un 11 % menos.

La descripción del predio en Cancún indica que el uso de suelo del lote es “habitacional multifamiliar de densidad media”. Este tipo permite dos o más viviendas, con una densidad de hasta 50 viviendas por hectárea, un desplante máximo del 40 % de la superficie y una construcción máxima equivalente a 1.6 veces el área del terreno, de forma vertical.

Zona Hotelera suma otro predio en Cancún a subasta pública

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Lote 862 en Cancún se ofertó inicialmente en más de 73 millones.

Se permiten hasta cuatro niveles con una altura máxima de 15 metros, y deben establecerse espacios libres de al menos cinco metros en el frente si el predio da a una vialidad primaria, o tres metros si se ubica en vialidad secundaria, sin restricciones al fondo ni a los lados.

El otro predio en Cancún, puesto a subasta el pasado 7 de mayo, se encuentra en la Zona Hotelera, en la Supermanzana 00D, manzana 30, lote 2. Tiene un precio de salida de 24 millones 344 mil 803.19 pesos y se ubica junto a la iglesia católica “Cristo Resucitado”. Era utilizado como estacionamiento por los feligreses.

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Predio se subasta en la Zona Hotelera de Cancún.

Este terreno tiene un uso de suelo destinado a espacios abiertos y áreas verdes, tales como canchas, centros deportivos, jardines vecinales y parques. Los lineamientos urbanísticos buscan equilibrar infraestructura, funcionalidad y conservación del entorno. Se definen superficies mínimas y alturas máximas según el destino:

  • Canchas deportivas: mínimo 4,500 m², hasta 2 niveles y 16 metros de altura.
  • Centro deportivo: desde 10,000 m², hasta 4 niveles y 20 metros de altura.
  • Parque urbano: mínimo 100,000 m², sin restricciones de altura por ser espacio abierto.

También se establecen distancias mínimas obligatorias frente a calles, andadores y predios colindantes, para garantizar accesibilidad, visibilidad y circulación peatonal. Por ejemplo, entre 10 y 20 metros frente a la vía pública, según el uso.

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