Iniciativa de ley sobre comunicación social abre debate en en Quintana Roo

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Claves de la Noticia

  • Iniciativa de Ley sobre Comunicación Social: Desata debate jurídico entre diputados del PT y Morena en Quintana Roo. 
  • Postura a favor: El diputado Hugo Alday defiende regular la difusión de apoyos para evitar la promoción personalizada, fundamentándose en el artículo 134 constitucional. 
  • En contra: El legislador Saulo Aguilar argumenta que la propuesta erraría en términos constitucionales y podría paralizar la comunicación de los entes públicos. 

CHETUMAL, QR.– Esta semana, el diputado Hugo Alday, integrante del Partido del Trabajo (PT) en la XVIII Legislatura local, defendió la polémica iniciativa de ley sobre comunicación social que busca prohibir a los legisladores y funcionarios públicos difundir imágenes y videos de la entrega de apoyos sociales. La postura del legislador surge como réplica directa a las declaraciones de su homólogo de Morena, Saulo Aguilar Bernés, quien se pronunció en contra del proyecto de reforma al catalogarlo como un retroceso jurídico que afectaría la rendición de cuentas en la entidad. 

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El diferendo constitucional se centra en la adición del artículo 400 bis a la legislación estatal, una propuesta impulsada originalmente por la diputada María José Osorio Rosas (registrada textualmente como Soria u Osorio) junto a Ricardo Velasco y el propio Alday. Mientras los promotores sostienen que es urgente regular la difusión institucional para alinearse con los mandatos de la Carta Magna, los detractores afirman que la medida rebasaría el ámbito legislativo y paralizaría la difusión de los programas de bienestar del gobierno del estado, impactando incluso las actividades de la gobernadora Mara Lezama. 

Debate por el principio de máxima publicidad en el Congreso

El nudo argumentativo del debate radica en la interpretación jurídica de los derechos de información. De acuerdo con lo manifestado por Saulo Aguilar, los integrantes del Congreso del Estado poseen la facultad legal de realizar gestiones y la obligación estricta de comunicar dichas acciones bajo el principio de máxima publicidad. No obstante, Hugo Alday precisó que existe una concepción errónea de dicho concepto por parte de los opositores a la propuesta. 

Alday aclaró que la máxima publicidad únicamente atañe a la difusión de versiones públicas de acuerdos, documentos jurídicos, sentencias e iniciativas emitidas por la autoridad que afecten a la generalidad. Sostuvo que el principio no justifica exhibir el rostro de un diputado, el color de su partido o los mensajes políticos al momento de otorgar un beneficio social, sino transparentar datos cuantitativos como el volumen de apoyos entregados y la identidad general de los beneficiarios. 

Fundamentos del artículo 134 ante la promoción personalizada

Para justificar técnicamente la reforma, los promotores de la iniciativa de ley sobre comunicación social invocaron los criterios de control constitucional de la nación. Alday recordó que el marco jurídico propuesto se fundamenta enteramente en el artículo 134 de la Constitución General de la República, el cual estipula de forma clara que toda propaganda difundida por los entes públicos debe tener carácter institucional y no puede incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen la promoción personalizada de cualquier servidor público. 

Asimismo, el diputado del PT argumentó que en el año 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales diversas reformas de la Ley Electoral de Quintana Roo bajo las acciones de inconstitucionalidad 130/2015 y sus acumuladas. En aquella ocasión, los propios partidos de izquierda —incluidos Morena y el PT— promovieron dichos recursos para evitar que los logotipos, fachadas u oficinas gubernamentales indujeran a la ciudadanía a confundir los apoyos institucionales con logros de partidos políticos o administraciones específicas. 

Iniciativa de ley sobre comunicación social es debatida por los diputados Hugo Alday y Saulo Aguilar en el Congreso.
La propuesta de adición del artículo 400 bis a la iniciativa de ley sobre comunicación social genera choques jurídicos en la XVIII Legislatura de Quintana Roo por la regulación de la imagen pública en la entrega de apoyos sociales. Foto: R360.

Alcance de la iniciativa de ley sobre comunicación social en el estado

Por su parte, la postura disidente de Saulo Aguilar advierte sobre severas repercusiones operativas dentro de la estructura actual del Poder Ejecutivo del estado. Al no contar el documento formal con un análisis exhaustivo por parte de todos los bloques, Aguilar externó que limitar la difusión pública de los apoyos afectaría a dependencias que no fueron creadas exprofeso para la gestión social, dejando desprotegida la comunicación de la administración estatal, con excepción de la Secretaría del Bienestar (Sebien). 

Ante esto, los defensores de la iniciativa de ley sobre comunicación social reiteraron que la restricción de la imagen personal no se limita únicamente a los tiempos de campañas o procesos electorales. Apoyados en la Revisión 1359-2015 de la Suprema Corte, manifestaron que el desvío de recursos de comunicación social para fines individuales es una conducta sancionable de forma permanente, por lo que la adición del artículo 400 bis busca asegurar que la entrega de recursos de los distintos grupos vulnerables se realice con estricta neutralidad e institucionalidad en Quintana Roo. 


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Javier Casillas
Periodista multifacético, especializado en todo y en ocasiones, en nada. Egresado de la UNAM, en periodismo y comunicación.

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