CHETUMAL, QR.- La XVIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal y a la Ley de Protección y Bienestar Animal que establecen penas de hasta dos años para quien haga mal uso o trato indebido de cadáveres de animales, así como para quien sepulte o exhume una mascota y el hecho represente un riesgo a la salud pública o al medio ambiente.
La reforma, impulsada por el grupo legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), liderado por Renán Sánchez Tajonar, es consecuencia del caso del crematorio Xibalbá, que generó molestia social debido a que dicho establecimiento entregó tierra en lugar de cenizas y los cadáveres de animales fueron arrojados en lotes baldíos.
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De hecho, Sánchez Tajonar declaró que estas modificaciones al marco legislativo vigente tienen como objetivo evitar que ocurra otro caso similar al de Xibalbá; por ello, la nueva normatividad regula el destino final de las mascotas y los crematorios de cadáveres de animales.
Nuevos delitos en el Código Penal por los cadáveres de animales
Además de las modificaciones a diversos apartados de la Ley de Protección y Bienestar Animal, al Código Penal fue agregado el artículo 179 Ter-4, que establece que se impondrá de seis meses a dos años de prisión a quien, sin autorización legal, contravenga las siguientes normas:
- Destruya o mutile el cadáver o los restos de un animal.
- Sepulte ilegítimamente o exhume el cadáver o restos de un animal que representen un riesgo para la salud pública o el medio ambiente.
- Dé un trato indebido, cruel, irrespetuoso o denigrante a los cadáveres de animales.

En este contexto, se detalla que el sepulcro ilegítimo ocurre cuando se realiza en la vía pública o bajo condiciones que no garanticen el adecuado manejo de los cadáveres de animales.
De la misma manera, se hace énfasis en que no será delito si lo realizan los propietarios de las mascotas en predios privados.
Las disposiciones también obligan a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) a crear y administrar un Registro Estatal de Agencias Funerarias para Servicios de Cremación de Animales, con la intención de llevar un control estricto de los establecimientos del sector, además de que las empresas cumplan con la normatividad ambiental.
En este mismo apartado, se vincula a la Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA) como responsable de la vigilancia de la legislación.
En el caso de los ayuntamientos, corresponde regular, autorizar y supervisar, desde su ámbito de competencia, a los crematorios de animales. Las administraciones municipales deben verificar el cumplimiento de todos los requisitos antes de otorgar licencias de funcionamiento y realizar supervisiones periódicas.
La Secretaría de Salud deberá coordinarse con los ayuntamientos, la SEMA y la PPA para supervisar y garantizar que se cumplan las normas sanitarias vigentes.
Los transitorios establecen 365 días naturales a partir de la entrada en vigor de la nueva normatividad para adecuar y cumplir con el nuevo marco normativo, que implica principalmente la regulación de los crematorios, aunque se acota que será de acuerdo con sus posibilidades presupuestarias.
Esta nueva legislación, de acuerdo con los promoventes, protege la seguridad jurídica, asegura congruencia normativa y establece un marco claro para la regulación de conductas relacionadas con el destino de restos animales.
Caso Xibalbá
A finales de octubre de 2025, cientos de familias estallaron contra el crematorio de animales Xibalbá de esta ciudad, debido a que descubrieron que les fue entregada tierra en lugar de cenizas de sus mascotas, además de que los cadáveres de animales fueron arrojados en lotes baldíos.
A raíz de este hecho, los afectados se volcaron a interponer sus querellas ante la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra de los presuntos responsables, Guillermo “N” y Briseidy “N”, quienes además ofrecían servicios veterinarios y psicológicos.
Los cuerpos y restos de animales hallados fueron más de 200, aunque se estima que las personas defraudadas rebasaron las 600, de acuerdo con los afectados y colectivos animalistas.
Sin embargo, en la FGE fueron interpuestas solo 250 denuncias, de las cuales, hasta el último corte, alrededor de 20 fueron judicializadas y solo en unas ocho se ha logrado la vinculación a proceso.
Guillermo “N” está recluido en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Chetumal y Briseidy “N” se encuentra bajo arraigo domiciliario por cuestiones de maternidad.
Los delitos que se les imputan son usurpación de profesiones y fraude, al no existir en su momento normatividad para las acciones cometidas, pero podrían alcanzar hasta 12 años de prisión.

