Dime en qué número terminas y te diré cuándo te cortan: CRT inicia suspensión escalonada de celulares

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La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) implementa un calendario escalonado para la inhabilitación temporal de líneas celulares sin registro, iniciándose el 15 de agosto para los números con terminación 0, tras una prórroga y un plazo general que concluye el 30 de junio.

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Calendario de interrupción programada: Etapas cruciales

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para el registro nacional de usuarios de telefonía móvil, instaurando un calendario escalonado para la suspensión temporal de líneas que aún no completan el trámite de vinculación. Ricardo Castañeda, director de Política Regulatoria de la CRT, precisó que, si bien el plazo general venció el 30 de junio, la interrupción del servicio se aplicará de manera gradual.

El protocolo de cese de servicio iniciará sistemáticamente según el último dígito de cada línea telefónica:

  • 15 de agosto: Líneas con terminación en 0.
  • 31 de agosto: Líneas con terminación en 1.
  • 15 de septiembre: Líneas con terminación en 2.
  • 30 de septiembre: Líneas con terminación en 3.
  • 31 de diciembre: Líneas con terminación en 9.

Castañeda, en entrevista para “Noticias de la Mañana con Mario Maldonado” de Heraldo Televisión, confirmó que más de 63 millones de líneas celulares ya se encuentran vinculadas al registro. La CRT emite un llamado a los usuarios a efectuar el trámite antes de la fecha correspondiente a la terminación de su número.

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Dime en qué número terminas y te diré cuándo te cortan: CRT inicia suspensión escalonada de celulares

Coraza regulatoria: Motivaciones y objetivos de la medida

Esta acción regulatoria busca fortalecer la seguridad ciudadana y combatir delitos de alto impacto social. El funcionario explicó que la iniciativa es una herramienta fundamental para desarticular esquemas criminales.

Impacto en la seguridad pública y el anonimato

La medida apunta directamente a combatir fenómenos como la extorsión telefónica y el fraude. Al eliminar el anonimato que permitía la adquisición y uso de tarjetas SIM, especialmente en el esquema de prepago (que concentra la mayoría de las líneas móviles en el país), se establece un mecanismo de rastreabilidad. El objetivo central reside en que, ante la investigación de un delito, la autoridad competente pueda requerir al operador la identificación precisa de la persona asociada a un número telefónico, dinamizando las labores de investigación y procuración de justicia.

Protección de datos personales: Salvaguarda de la información del usuario

En respuesta a las inquietudes sobre la privacidad, Castañeda aseguró un blindaje contra la centralización masiva de datos personales. El modelo implementado garantiza una gestión descentralizada y delimitada de la información.

El Gobierno federal no concentra la información de los usuarios. Cada empresa de telefonía es la única responsable de resguardar en sus propias bases de datos el nombre del titular, su Clave Única de Registro de Población (CURP) y el número telefónico asociado. Se enfatizó que los operadores no almacenan copias de identificaciones oficiales, fotografías ni datos biométricos de los usuarios.

El protocolo de registro: Modalidades y requisitos para evitar el cese

El proceso de registro ha sido diseñado para ser accesible, ofreciendo a los usuarios diversas vías para completar su vinculación. La CRT insta a realizar el trámite con antelación.

El registro puede efectuarse de dos formas principales:

  • Remota: Directamente desde el teléfono celular.
  • Presencial: Acudiendo a un centro de atención de la compañía operadora.

Para cualquiera de las modalidades, los usuarios deben presentar una identificación oficial válida. Las credenciales aceptadas incluyen la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), el Pasaporte o, en su caso, la CURP biométrica.

Efectos de la suspensión temporal y su reversión

Ricardo Castañeda precisó que la suspensión del servicio no conlleva la cancelación definitiva del número telefónico. Durante este periodo, la funcionalidad de la línea se restringe a llamadas de emergencia o comunicaciones directas con el operador para gestionar el registro pendiente. Una vez que el usuario completa exitosamente el proceso de vinculación de su línea, el servicio telefónico completo es restablecido de forma inmediata.

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