martes, marzo 3, 2026

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Ingresan iniciativa sobre derecho a la “imagen propia”; prevén sanciones por uso indebido de imágenes

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CHETUMAL, QR.– Con el argumento del derecho a la “imagen propia”, los diputados Hugo Alday, María José Osorio y Ricardo Velazco presentaron una iniciativa para prohibir la publicación de fotografías no autorizadas de ciudadanos, que también busca proteger la privacidad de los funcionarios públicos.

Los promoventes señalan que, en la actualidad, las tecnologías de la información, las redes sociales y los medios digitales ponen en riesgo la identidad de las personas en cuanto a su vida íntima.

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“Cualquier persona puede capturar, reproducir y difundir imágenes de terceros con tan solo un dispositivo móvil y una conexión a internet. Estas imágenes, al circular sin control en redes sociales, plataformas digitales o medios de comunicación, pueden ser objeto de manipulación, uso comercial, explotación o incluso acoso y difamación, lo que afecta gravemente la dignidad, reputación y privacidad de las personas”, justifican en la exposición de motivos.

Hugo Alday Nieto Hugo Alday impulsa sanciones por uso de fotos y derecho a la imagen propia
Hugo Alday impulsa sanciones por uso de fotos y derecho a la “imagen propia”. Foto: R360

Código Civil incorpora el derecho a la “imagen propia” como bien jurídico

En el Código Civil del Estado de Quintana Roo se pretende establecer el derecho a la “imagen propia” como un bien jurídico tutelado.

La propuesta plantea adicionar el artículo 551 Bis, en el que se establece que la imagen es la reproducción identificable de las formas de representación o identificación, físicas o digitales, de una persona en cualquier soporte material.

Asimismo, se agrega el artículo 551 Ter, en el que se señala que toda persona tiene derecho a su imagen y a autorizar su uso.

En el artículo 551 Quáter se establece que el uso de una imagen sin autorización expresa será considerado un delito.

En tanto, el artículo 551 Quinquies refiere que la imagen de un servidor público podrá utilizarse sin autorización únicamente cuando esté justificada por el ejercicio de su función o por interés público, siempre que haya sido captada en un espacio público.

Respecto del artículo 551 Sexties, se precisa que, en caso de dar un uso indebido a una imagen, aun cuando haya sido autorizada, el titular podrá presentar la denuncia correspondiente ante la instancia judicial para que cese el abuso y se repare el daño.

Definen excepciones al derecho a la “imagen propia” en espacios públicos

La iniciativa de reforma al Código Penal concluye con un artículo Septies, en el que se establecen los supuestos en los que no habrá impedimento para el uso de imágenes:

  • Imágenes de funcionarios, siempre que sean captadas en un sitio público y en el ejercicio de su labor.
  • Caricaturas o parodias, de acuerdo con el uso social.
  • Cuando la persona aparezca en una imagen de manera accesoria.

En el documento presentado, los diputados sostienen que la propuesta no limita el derecho a la libertad de expresión ni el trabajo de los medios de comunicación.

También exponen que entidades como Nuevo León, Jalisco, Estado de México y Tlaxcala cuentan con un marco normativo relacionado con el derecho a la “imagen propia”.

La iniciativa fue ingresada a la Oficialía de Partes del Congreso del Estado de Quintana Roo el 9 de diciembre de 2025 y turnada a comisiones para su análisis en la sesión plenaria del 2 de marzo de 2026.

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Ingresan iniciativa sobre derecho a la “imagen propia”; prevén sanciones por uso indebido de imágenes

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