viernes, diciembre 5, 2025

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Excluye decreto de zona libre a 40% de los empresarios chetumaleños

Fecha:

CHETUMAL, QR.- Será hasta finales de febrero cuando la iniciativa privada local comience a incorporarse al decreto de zona libre, a través de inversión en negocios.

Los beneficios no serán de forma inmediata, y al menos el 40 por ciento de los empresarios de Chetumal quedarán excluidos.

Juan Jaime Mingüer Cerón, líder de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canaco-Servytur) de la capital, señaló que el año fiscal arrancó desde el 1 de enero.

Indicó que en esa misma fecha entró en vigor el decreto de zona libre, así como los beneficios fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

“Una cosa es que entre en vigor y otra que los empresarios puedan incorporarse o aprovechar los beneficios que ello conlleva”, reclamó.

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Hasta el momento, no hay claridad en lo que establece el documento publicado, por ello, la próxima semana la Canaco-Servytur convocará a un taller en donde podrán participar todos los empresarios interesados.

Este encuentro será con especialistas fiscales, jurídicos y contables para despejar dudas, pero sobre todo, para conocer las alternativas, ventajas y desventajas.

El taller permitirá que la iniciativa privada local tome las decisiones en cuanto al rubro comercial en el que pueda invertir o generar negocios.

Actualmente ningún empresario chetumaleño se ha incorporado al decreto.

Estimó que los beneficios se verían reflejados a mediano o largo plazo.

Decreto excluye a 40 por ciento de empresas

Migüer Cerón destacó que, en el análisis previo del decreto, las empresas nuevas y dadas de alta bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no podrán ser beneficiadas, pues ya cuentan con un beneficio fiscal.

En el mismo caso están los profesionales que emiten recibos de honorarios.

En este supuesto está el 40 por ciento de los 2 mil 500 afiliados de la cámara y que son principalmente Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes).

Tampoco entraron las empresas de combustible, por lo que las gasolineras también quedan excluidas.

“Aunque no todos podrán aprovechar el decreto, no hay que ser negativos”, aseguró el líder empresarial.

Agregó que se trata de una oportunidad para diversificar la economía, aplicar inversión, e incluso, traer capitales de afuera.

“La idea es que los empresarios locales aprovechen esa oportunidad, tenemos que cambiar e innovar, buscar alternativas para hacer negocio”, añadió.

Una nueva fase de reactivación

Desde hace algún tiempo la preocupación de los empresarios es que la inversión en el sur del estado se estaba fugando de la capital, de acuerdo con Mingüer Cerón.

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Con este decreto en Chetumal, se entra a una nueva fase de reactivación y que en estos momentos es esencial como consecuencia de la emergencia sanitaria por Covid-19.

Desde hace más de una década el comercio se había visto desplazado, por ello, los inversionistas aplicaban más recursos en otras ramas, y fuera de la capital.

El decreto permite importación de más de mil 300 productos

El dirigente de la Canaco-Servytur señaló que aún falta por analizar la cantidad de productos que se podrán importar y el origen de éstos.

El decreto publicado el 31 de diciembre de 2020 incluye una lista de más de mil 300 códigos de productos.

El regreso de Chetumal como zona libre no será como en su primera etapa, debido a que “hay productos que ya se expenden y países con los que no se tenían tratados hace algunas décadas y ahora ya se tienen”.

La franquicia será de hasta 2 mil 500 dólares 

El artículo octavo del decreto establece que la franquicia permitida para la zona libre de Chetumal es de mil dólares por persona, proveniente de fuera o de cualquier otra parte del país, siempre y cuando que los pasajeros lleven consigo las mercancías con dicho costo, ya que no aplicará

En el mismo artículo, pero en el párrafo tercero se señala que “cuando los integrantes de una misma familia ingresen al resto del territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte, podrán aplicar lo dispuesto en este artículo por cada integrante, siempre y cuando en su conjunto el valor de las mercancías no exceda del equivalente en moneda nacional o extranjera a 2 mil 500 dólares de los Estados Unidos de América”.

En cualquier caso, el valor de las mercancías nacionalizadas se podrá acreditar mediante el Comprobante Fiscal Digital por Internet expedido en la referida Región Fronteriza de Chetumal.

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