Asociado de la CMIC burla leyes y reglamentos

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César Muñoz | R360

CANCÚN, QRoo.- En Cancún, con la expansión de las plataformas para rentas vacacionales, los dueños de terrenos en fraccionamientos residenciales han visto en el negocio del hospedaje una próspera puerta de ingresos que se está convirtiendo en el modus vivendi de un importante segmento de clase media y alta del destino vacacional. El lado oscuro de este negocio lo representan propietarios de predios que contra todas las disposiciones legales, construyen sus proyectos sin el aval vecinal y violando reglamentos y leyes vigentes municipales y estatales.

Casos como el del fraccionamiento Villa Aurora, en donde un presunto asociado de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), Quintana Roo, Gerardo Hernández Martínez, quien aparece en el sitio web de ese gremio en el directorio de coordinadores municipales, ejemplifica la forma en que sin documentación aprobada por las autoridades municipales, edifican con violaciones a las actuales disposiciones legales.

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Hernández Martínez construye en la manzana 10, Lote 1, casa número 46, de la Supermanzana 313, en la Avenida Fonatur, incluso con sellos de clausura del municipio de Benito Juárez.

Acta de Inspección
El acta que firmó Gerardo Hernández Martínez en la que se asienta que no presentó la documentación legal para la obra.

El 18 de enero de 2020, la Dirección General de Desarrollo Urbano municipal realizó una inspección en el  predio y como resultado de la misma, el verificador asentó en el acta de inspección que Hernández Martínez, quien estuvo presente en la diligencia y firmó el acta, no presentó licencia de construcción, plano autorizado, bitácora de obra, letrero de obra y letrinas.

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Como resultado de la no presentación de los documentos, el municipio de Benito Juárez colocó sellos de clausura de la obra, pero los albañiles han seguido trabajando en la obra, sin contratiempo.

El artículo 206, del Título Séptimo, capítulo I, del Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo, señala que en la obra en construcción se deberá conservar una copia de los planos registrados y la licencia de construcción y deberá estar a disposición de los supervisores del Ayuntamiento.

Pie de foto: Trabajadores continúan trabajando en la obra, pese a sellos de clausura del municipio de Benito Juárez

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COMITÉ VECINAL

En octubre de 2019, se constituyó el Comité de Vigilancia de Residencial Villa Aurora, representado entre otros por José Antonio Paz González, como Presidente y Nelson Vale González, como Tesorero. Este comité estuvo vigente hasta el 31 de enero de 2020, fecha en la que se eligieron otros representantes.

Durante más de un año, el Comité de Vigilancia estuvo resolviendo varios asuntos internos, entre ellos la aprobación de los planos que presentó Hernández Martínez, pero aunque no existía el acta de asamblea en la que se confirma legalmente la elección de los integrantes del comité que presuntamente aprobó los planos, aun así, fue el tesorero Vale González, quien informó a los propietarios de Villa Aurora, a través de un chat de WhatsApp, que “Gerardo ya liquidó la revisión de planos $ 1,500 y la multa por el día festivo laborado $ 1,000 Pesos” (sic). Esto sucedió en noviembre de 2019.

Planos de la casa
Estos planos los presentó Hernández Martínez al Comité de Vigilancia, pero no corresponden a la obra actual.

Esto supuso una aprobación por parte del tesorero y el presidente del comité, y así fue como el presunto coordinador municipal de la CMIC inició la construcción en noviembre del año pasado.

Sin embargo, con la presentación de los planos, Hernández Martínez tenía que proporcionar la siguiente documentación, de acuerdo al Reglamento de Construcción de Villa Aurora: Constancia de uso de suelo; copia de escritura; pago del mantenimiento al día; programa de obra tentativo; plano arquitectónico escala 1:100 90×60 blanco y negro acotado; memoria descriptiva y perspectiva de las fachadas principales. Sólo presentó los planos.

Adicionalmente, el Comité de Vigilancia, según su propio reglamento, tenía que emitir “el dictamen de factibilidad o rechazo del proyecto, en un plazo máximo de 30 días naturales, en caso de no hacerlo el proyecto se entenderá como factible”. No se emitió el dictamen.

Y por último, de acuerdo al reglamento, para la aprobación de la obra, el constructor tenía que presentar: Carta de anuencia de la administración  o de la asociación civil; planos, permisos y autorizaciones del municipio de Benito Juárez; Licencia de Construcción; Carta de responsiva del propietario; registrar el inicio de la obra,  proveedores y trabajadores de la misma en la administración de la asociación civil; el propietario deberá rectificar los límites y colindancias de su predio. “Una vez cumplidos los requisitos de la administración procederá a entregar un Tarjetón de Obra aprobado por la administración, el cual deberá estar visible en la obra en todo momento.

Una fuente al interior del residencial, que prefirió mantener su nombre en el anonimato, refiere que mucho de esto sucedió porque el residencial no tenía una administración externa. Ayer (31 de enero) por primera vez llegamos a un acuerdo de tener una administración externa, por primera vez tuvimos que poner dos cuotas extraordinarias y subir el mantenimiento; por primera vez en siete años logramos eso. No habíamos tenido una administración externa  porque económicamente no nos daban los números porque habíamos pagado la misma cuota de mantenimiento por siete años. Quien manejaba el condominio era el tesorero del Comité de Vigilancia, dijo la fuente.

ALBAÑILES DESPROTEGIDOS

Para la obra, Hernández Martínez contrató los servicios de trabajadores que por ley deben estar afiliados a alguna organización sindical y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y debe procurarles lo insumos mínimos exigidos por la ley para su seguridad.

El artículo 213, del Título Séptimo, capítulo II, del Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo, señala que “durante la ejecución de cualquier construcción, el director de obra o el propietario de la misma, si ésta no requiere director responsable de obra, tomarán las precauciones, adoptarán las medidas técnicas y realizarán los trabajos necesarios para proteger la vida y la integridad física de los trabajadores y la de terceros, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en éste Capítulo y con los Reglamentos Generales de Seguridad e Higiene en el Trabajo y de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo.

Entre esas medidas, el reglamento exige extintores en la obra (artículo 214); uso de equipos de protección personal (artículo 215), como cascos y botiquín de primeros auxilios. En la obra de Hernández Martínez, los trabajadores no usan cascos.

Trabajadores, sin casos de seguridad.
Trabajadores, sin casos de seguridad, trabajan a pesar de los sellos de obra clausurada.

OPOSICIÓN VECINAL

Los vecinos fueron testigos de un equipo de tres cocinas que fue introducido a la obra negra. En ese momento sospecharon que la obra no se trataba de una casa, sino de un conjunto de departamentos de tres pisos.

Amparados en su Reglamento de Construcción, que señala que “en cualquier momento durante el periodo de ejecución de la obra, el comité y la Administración podrán realizar supervisión de las obras a fin de constatar que las edificación se están construyendo de acuerdo con el proyecto autorizado por el Comité de Vigilancia”, se percataron que la obra era distinta a la originalmente presentada.

Debido a que Hernández Martínez seguía supervisando el trabajo de la obra, pese a los sellos de clausura del ayuntamiento de Benito Juárez, los vecinos convocaron a una junta que se realizó el viernes 31 de enero, en la que estuvo presente el integrante de la CMIC.

En esa reunión, se eligió al nuevo Comité de Vigilancia, en la sesión ordinaria con la asistencia de 21 condóminos y a la cual asistió Hernández Martínez.

Ante los propietarios, el integrante de la CMIC aclaró que la escritura de construcción del condominio se manejaba como una Unidad de Gestión Ambiental en 2011 y no estaba en el Plan Director de Desarrollo Urbano. Añadió que con la administración de 2018, se aplica “tajantemente” el uso de suelo. “A mí  no me pueden dar ahorita la licencia de construcción, por eso me dijeron (las autoridades municipales): tú construye y después registras la obra porque legalmente no te puedo dar el uso de suelo”.

Ante varios cuestionamientos de por qué mostró un proyecto y ahora está haciendo otro, Hernández Martínez reconoció que presentó un proyecto de dos niveles pero que está construyendo tres niveles, argumentando que las autoridades municipales le dijeron que podía hacerlo con el uso de suelo existente. Sin embargo, no aclaró por qué no presentó el cambio ante el Comité Vecinal.

Los propietarios le observaron otras irregularidades en su construcción, como no dejar tres metros de frente en el predio para estacionar automóviles.

Al final de una acalorada discusión, Hernández Martínez reconoció que no tenía licencia de construcción.

Villa Aurora es un residencial de 9882 metros cuadrados, con 54 lotes, dos áreas comunes y un portón de acceso controlado. Se ubica en la Avenida Fonatur con Prolongación La Luna.

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Staff
El editor que cura contenidos para Ruptura 360, provenientes de comunicados oficiales o del monitoreo de medios. Tiene experiencia en periodismo y no es una persona, sino varias personas que asumen que los contenidos que curan no son de su autoría.

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