Aprende cómo tramitar tu constancia de no inhabilitación

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CANCÚN, QR.- La constancia de no inhabilitación es el documento expedido por la Secretaría de la Función Pública, en el que se señala si una persona cuenta o no con antecedentes de sanción administrativa impuesta por alguna autoridad en el ejercicio de sus funciones.

Hasta que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción determine lo conducente en cuanto al Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares sancionados de la Plataforma Digital Nacional, la Secretaría de la Función Pública, continúa llevando el registro de servidores públicos sancionados (RSPS), a través del cual las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Empresas Productivas del Estado, pueden obtener la constancia de no inhabilitación de quienes pretendan ingresar al servicio público, previo al nombramiento o contratación respectivos.

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Para obtener una constancia de inhabilitación, no inhabilitación, de sancióno deno existencia de sanciónse deberá realizar el siguiente procedimiento:

Llenar e imprimir la “Hoja de Ayuda” (*), para el pago en ventanilla bancaria (http://sira.funcionpublica.gob.mx/hojaAyuda) con los datos de identificación del solicitante: apellido paterno, apellido materno, nombre o nombres, así como Registro Federal de Contribuyentes a 13 posiciones, esto es, incluyendo la homoclave. En caso de no tener asignada homoclave, agregar tres ceros (000) al final.

Cubrir los derechos por la cantidad de 165 pesos, pudiendo efectuar el pago correspondiente directamente en cualquier institución bancaria autorizada, antes de las 15 horas.

Constancia de no inhabilitado
Es fácil tramitar la constancia de no inhabilitación. Foto: Internet

-Por excepción, los bancos en los que no se debe realizar el pago, debido a que NO se valida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) son: Banco Walmart, Banco Azteca, Banejército, Banbajío, Banco Inbursa, Grupo Financiero Multiva, Compartamos Banco y de Instituciones Bancarias relacionadas con tiendas de conveniencia y tiendas departamentales.

  • Una vez realizado el pago de derechos, continuar el proceso dependiendo el tipo de constancia que requiera.

Constancia electrónica de no inhabilitación

1.Al efectuar el pago de derechos, deberá verificar que la información que obra en el recibo proporcionado por la institución bancaria, contenga correctamente el nombre completo, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclavede la persona que solicita la constancia y que lallave de pago esté legible.

2. Después de tres días hábiles de la fecha en que se haya efectuado el pago (tiempo en el que el SAT, efectúa la validación del mismo),debe ingresar a la página https://constancias.rsps.gob.mx/constancias/, capturar el RFC a 10 posiciones, esto es sin la homoclave, así como la llave de pago, localizada en el recibo emitido por la institución bancaria para imprimir la constancia electrónica requerida, misma que contendrá el código de autenticidad de la firma electrónica que sustituye a la firma autógrafa del firmante, garantizando con ello la integridad del documento y produciendo los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa.

(*) Se requiere que el equipo de cómputo que utilice cuente con el programa Adobe Reader con versión 8.0 o superior.

Después de haber generado la constancia, contará con cinco días hábiles adicionales para poder imprimirla, las veces que lo requiera. Una vez transcurrido ese plazo, la constancia ya no podrá ser generada.

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