CANCÚN, QR.- El Gobierno de México no esperó la resolución de un juez federal que mantenía parado el tramo 5 sur del Tren Maya. Entre las secretarías de Gobernación y de Seguridad Pública determinaron la reanudación de las obras, al considerar que éstas son un asunto de seguridad nacional.
Javier May Rodríguez, director del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), confirmó que se respetarán los tiempos de los amparos que determine el juez y que está a la espera de la audiencia para aportar sus alegatos, pero que las obras reinician porque hay una declaratoria de seguridad nacional, según publica Milenio.
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Sélvame del Tren había publicado en redes sociales videos en los que se aprecia maquinaria desmontando selva en el tramo 5 sur, que se había parado por una suspensión de un juez.
La declaratoria de Seguridad Nacional se dio en el seno del Consejo de Seguridad Nacional.
El 22 de noviembre de 2021 el Presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto en el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal las acciones a realizar con relación a las obras y proyectos considerados de interés público y seguridad nacional. Mismo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En el acuerdo se establece que son de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura.
Esto contempla a los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos. Y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.
Las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán de “otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras (…) y con ello garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados”, cita el diario Revolución 3.0.
La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se emita una autorización provisional expresa, se considerará resuelta en sentido positivo.
Y la autorización provisional tendrá una vigencia de doce meses, contados a partir de su emisión, periodo en el cual se deberá obtener, conforme a las disposiciones aplicables, la autorización definitiva.