CANCÚN, QR.- El Presidente Andrés Manuel López Obrador decretó la “ocupación temporal inmediata”, sin procedimiento de expropiación previo, de ocho inmuebles privados que suman 165 mil 250 metros cuadrados, y que son necesarios para las obras del Tren Maya en Solidaridad y Tulum, Quintana Roo.
El decreto presidencial fue publicado la noche del viernes y ayer en las ediciones vespertina y extraordinaria del Diario Oficial de la Federación.
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“Derivado de la importancia que representa el Proyecto Tren Maya, y a efecto de evitar pérdidas económicas innecesarias al erario público, es procedente decretar la ocupación temporal inmediata de dichos polígonos, en términos de los artículos 2 Bis, 4o. y 7o. de la Ley de Expropiación, con base en el artículo 8 Bis de la misma ley”, se ordena, según una publicación del periódico Reforma.
“Asimismo, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) debe proceder al pago de la indemnización a quien corresponda, en términos de la normativa aplicable”.
Desconocen domicilios de propietarios; toman predios para Tren Maya
El argumento para ordenar la ocupación inmediata es que se desconocen los domicilios de los propietarios y por tanto, no se les puede emplazar a un procedimiento ordinario de expropiación.
Aparentemente, los ocho inmuebles forman parte de una declaratoria de utilidad pública para el Tren Maya que la Sedatu publicó el 12 de julio y que abarca 25 inmuebles privados que suman 382 mil metros cuadrados.
La declaratoria fue el paso inicial para el proceso de expropiación ordinario, que culmina con un decreto del Ejecutivo, previo derecho de audiencia a las personas afectadas.
Sin embargo, para los ocho polígonos que el Presidente está ordenando ocupar, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo consideró que era necesario tomar posesión inmediata, para obras de interconexión del Tramo 5 sur del Tren Maya, que va de Playa del Carmen a Tulum.
El articulo 2 Bis de la Ley de Expropiación prevé desde 2012 este tipo de “ocupaciones temporales inmediatas”, que rara vez han sido utilizadas, y también ordena que se compense a los dueños de los terrenos afectados con una indemnización “a valor de mercado”.
Los afectados pueden impugnar judicialmente esta medida. “El decreto en el que se ordene la ocupación temporal o la limitación de dominio no admitirá recurso administrativo alguno y sólo podrá impugnarse a través del juicio de amparo”, dice la Ley.
Un juez federal ordenó suspender las obras del tramo 5 sur desde abril, pero esta semana, el Gobierno anunció que el Tren Maya fue declarado un proyecto “de seguridad nacional”, y consideró que esa declaratoria es suficiente para reanudar los trabajos, aún sin autorización expresa del juez.
Las organizaciones ambientalistas que promovieron amparos ya denunciaron ante el juez la violación a la suspensión, que es un delito federal, y el primero de agosto se desahogará la audiencia para aclarar el tema.