Los derechos indígenas en el olvido legislativo

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Ha pasado más de un año que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la recomendación general 35/2019 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dirigida al Ejecutivo Federal, al Congreso de la Unión y los Congresos Locales, de la que deberá emanar un nuevo sistema de protección de los derechos materiales inmateriales de los pueblos originarios.

En su contenido, dicho organismo autónomo de carácter nacional expresamente reconoció que: “México no cuenta con un marco jurídico adecuado que atienda las especificidades y características propias de los pueblos y comunidades indígenas, mismo que haga efectivo su derecho a la protección del patrimonio cultural, ya que actualmente no prevé las medidas necesarias para proteger, salvaguardar, preservar, promover y desarrollar dicho patrimonio”.

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En efecto, ha pasado un año de noche para los derechos de los pueblos indígenas en el Congreso del Estado de Quintana Roo, que no le ha dado la importancia a un sector de la población fundamental en nuestro estado derivado de las raíces mayas del mismo, y mucho menos a un sector por demás vulnerable de la población que sin más ni menos, concentra la mayor cantidad de lenguas indígenas del país concentradas en los municipios del norte de Quintana Roo.

Dicha recomendación que data del 20 de febrero de 2019, expone temas de gran relevancia como el caso Papantla contra la cerveza Indio; Aguacatenango contra Zara y Santa María Tlahitolpepec contra Isabel Marant; y reconoce en la publicación que, por PATRIMONIO CULTURAL, debemos atender a lo dispuesto por la Declaración Americana sobre los Pueblos Indígenas, artículo XIII, que expresamente señala: “Los pueblos indígenas tienen derecho a su propia identidad e integridad cultural, a su patrimonio cultural tangible e intangible…”

Esto es, que, como parte de su patrimonio cultural, se les reconoce a los pueblos originarios como su patrimonio, todos aquellos bienes tangibles e intangibles de cada cultura en los que se comprenden las artesanías, textiles, gráficos, música, lengua, platillos e incluso los rituales específicos para todo tipo de cura energética o física.

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Sin embargo, aún y cuando la Comisión Nacional de los Derechos Humanos expresamente señala como sujetos obligados a los Congresos Estatales, en Quintana Roo los pueblos indígenas en su día, parecen ser olvidados.

Abogado con mención honorífica por la Universidad La Salle del Pedregal. Maestro en Derecho Empresarial por la Universidad del Mayab. Master Internacional en Propiedad Industrial e Intelectual y Derecho de la Competencia por la Universidad de Alicante, España.

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Hugo Alday
Abogado con mención Honorífica por la Universidad La Salle del Pedregal. Maestro en Derecho por la Universidad Anáhuac del Mayab. Máster Internacional en Propiedad Industrial, Intelectual y Derecho de la Competencia por la Universidad de Alicante, España. Doctorante en Derecho por la Universidad Anáhuac Cancún. Colabora en Ruptura 360 como articulista.

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