CDMX.- El cumplimiento de las obligaciones fiscales en México entra en su etapa más crítica del año. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la Declaración anual 2026 es el trámite fundamental donde personas físicas y morales reportan sus ingresos y deducciones correspondientes al ejercicio fiscal 2025 para determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
De acuerdo con el comunicado oficial emitido por la institución el pasado 16 de febrero, el calendario fiscal establece una distinción clara entre los contribuyentes. Mientras que las empresas o personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo, el periodo para que las personas físicas cumplan con la Declaración anual 2026 inicia formalmente el 1 de abril y concluye el día 30 del mismo mes.
También te puede interesar: Pendiente la renovación de torres guardavidas en Cancún ante próxima temporada vacacional
¿Quiénes deben cumplir con la Declaración anual 2026?
La Mtra. Leticia Torres Arteaga, docente de CETYS Universidad Campus Mexicali, señala que están obligados a presentar la Declaración anual 2026 aquellos ciudadanos que obtuvieron ingresos por honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, dividendos o intereses.
En el caso de los asalariados, la obligación persiste si:
- Sus ingresos superaron los 400 mil pesos anuales.
- Trabajaron para dos o más patrones de forma simultánea o en distintos periodos del año.
- Sus comprobantes de nómina no fueron timbrados correctamente por el empleador.
- Recibieron ingresos de fuentes que no realizan retenciones de ISR.

El proceso para realizar el trámite
Para efectuar la Declaración anual 2026, los contribuyentes deben ingresar al portal oficial del SAT utilizando su RFC y contraseña o e.firma vigente. El sistema cuenta con información precargada de salarios, facturas y retenciones, la cual debe ser validada minuciosamente antes del envío.
Un punto clave son las deducciones personales, tales como gastos médicos, colegiaturas e intereses hipotecarios. Según la experta de CETYS, incluso quienes no están obligados podrían optar por presentar la Declaración anual 2026 si cuentan con estos gastos pagados mediante medios electrónicos, ya que esto suele generar un saldo a favor que el SAT debe devolver al contribuyente.
Consecuencias de la omisión
El incumplimiento de este trámite dentro de los plazos legales puede derivar en multas, recargos y una opinión de cumplimiento negativa, lo cual obstaculiza procesos administrativos, licitaciones y la obtención de créditos. (Con información de Sin Embargo y Cetys)

