viernes, diciembre 5, 2025

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Caminos del Mayab: actos anticipados de campaña en Quintana Roo

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El aún Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya tiene fundada jurisprudencia respecto a los actos anticipados de precampaña y campaña, no solo de los partidos o agrupaciones políticas, sino de los aspirantes y posibles candidatos independientes; consisten en aquellas expresiones que previo al inicio formal de las campañas electorales, llevan a cabo los contendientes para obtener un beneficio.

En Quintana Roo, el fenómeno está acentuado, principalmente en la alianza tripartita de Morena-PVEM-PT, en la que cada uno de quienes aún en un cargo de elección popular, ya trabajan con sus equipos de difusión de imagen para su posicionamiento en la mente del electorado quintanarroense.

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No es extraño ver en las redes sociales como Facebook, X, Instagram, YouTube y diversas plataformas como medios de comunicación digitales, la leyenda de “anuncio pagado por…”, que de manera silenciosa y al amparo de las lagunas legales de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) lanzan su publicidad, no por el trabajo que desempeñan, sino por las actividades extracurriculares.

Campañas electorales
Se establecen leyes para regular los fondos designados a campañas electorales Foto: La Silla Rota Hidalgo.

A la luz del artículo 445 de la LGIPE, “constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular a la presente Ley:

a) La realización de actos anticipados de precampaña o campaña, según sea el caso.

b) En el caso de los aspirantes o precandidatos, solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas por esta Ley.

c) Omitir en los informes respectivos los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña.

d) No presentar el informe de gastos de precampaña o campaña establecidos en esta Ley.

e) Exceder el tope de gastos de precampaña o campaña establecidos.

f) El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en esta Ley.

La Ley exige que transparenten los gastos de quienes aspiren a un cargo de elección popular en el siguiente periodo; si contabilizamos desde que iniciaron con los anuncios en las plataformas digitales y medios de comunicación tradicionales, el salario que tienen asignado no les alcanzaría para estar presente todos los días en estos medios; en caso de que sea donación, están obligados a decir quién o quiénes la hicieron, así como las respectivas cantidades o las especies.

Aunque existen condiciones para calificar como acto anticipado de campaña la descarada promoción de senadores, diputados federales, presidentes municipales, diputados locales y secretarios de Estado; para que se acrediten estos actos, se requiere la concurrencia de los siguientes elementos:

  • El Personal, que la conducta sea cometida por partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos
  • El Temporal, que se den antes del inicio formal de las campañas.
  • El Subjetivo, que la finalidad del mensaje esté relacionada con el llamado expreso al voto en contra o a favor de una candidatura o partido, o la solicitud de cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral.

Analizan contexto del mensaje en las campañas electorales

En ese contexto la Jurisprudencia de la SCJN estableció que, para evitar una simulación o fraude a la Ley, se consideró que los mensajes deben analizarse en su contexto, valorar el protagonismo de la persona que los emite, el objetivo de éstos, y su relación con un proceso electoral.

Con estas resoluciones, se integró la Jurisprudencia 6/2019 de rubro “uso indebido de pautas. Elementos para identificar la posible sobreexposición de dirigentes, simpatizantes, militantes o voceros de partidos políticos en radio y televisión.”

Es necesario pues, por el bien de la democracia, que las y los actores políticos quintanarroenses, salgan a aclarar si están o no en campaña; pero principalmente, a transparentar sus gastos, que son del erario, en la publicidad que pagan en las múltiples plataformas y medios de comunicación. Ahí se las dejo…

Sascab

Por cierto, en este inicio del periodo vacacional de verano 2025, la Secretaría de Turismo del Gobierno de México (Sectur) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) presentaron la campaña de prevención Evita fraudes y viaja con tranquilidad. Hicieron un respetuoso exhorto al público para tener en cuenta las siguientes recomendaciones, antes de adquirir servicios turísticos como vuelos, hoteles, tours o guías, en agencias de viaje físicas y digitales:

  • Tener cuidado con las agencias fantasma, ofrecen paquetes atractivos y a precios muy bajos. Comprobar que la agencia esté incorporada en el Registro Nacional de Turismo. Verificar que los precios estén a la vista y en moneda nacional.
  • En caso de fraude, comunicarse al Teléfono del Consumidor 55 5568 8722 o al 800 468 8722, de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas; sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas. Por medio de redes sociales X: @AtencionProfeco y @Profeco, y Facebook: ProfecoOficial. Denunciar páginas web sospechas en: https://www.gob.mx/gncertmx. Al tiempo…
WhatsApp Ruptura360

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