jueves, febrero 26, 2026

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Rechazan solicitud “navideña” a Mario Villanueva

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Staff | R360

CHETUMAL, QRoo.- La Magistrada del Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito, Angélica Marina Díaz Pérez, negó el martes la solicitud hecha por el defensor público que lleva la causa de Mario Villanueva Madrid, para adelantar en diciembre la audiencia del 13 de enero, en la que resolvería la demanda de amparo para que, de ser positiva, el ex gobernador pasara la Navidad y el Año Nuevo en prisión domiciliaria. La Magistrada se va de vacaciones a partir del 24 de diciembre y regresa al tribunal con sede en Toluca, Estado de México, hasta el 7 de enero.

También, para no adelantar la audiencia, Díaz Pérez argumentó que estaba programada para el martes 3 de diciembre, pero ordenó diferirla al lunes 13 de enero próximo (41 días después), porque aún no se habían rendido los informes justificados de algunas autoridades, aunque ya habían cumplido con ese requisito las principales autoridades.

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La magistrada agregó que además de que gozará su segundo periodo vacacional a que tiene derecho, pero como queda un encargado de despacho, el cual sólo “está facultado para atender asuntos de mero trámite, y no así resolver este asunto (el amparo), menos aún de llevar a cabo la audiencia constitucional respectiva”. Basa su criterio en el artículo 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Durante las vacaciones de la Magistrada, queda como encargado de despacho Víctor Manuel Martínez Mata.

El artículo 161 a que se refiere el Magistrado señala expresamente que durante los períodos vacacionales a que se refiere el artículo anterior, el Consejo de la Judicatura Federal nombrará a las personas que deban sustituir a los magistrados jueces, y mientras esto se efectúa, o si el propio Consejo no hace los nombramientos, los secretarios de los tribunales de circuito y los de los juzgados de distrito, se encargarán de las oficinas respectivas en los términos que establece esta ley.

“Los secretarios encargados de los juzgados de distrito, conforme al párrafo anterior, fallarán los juicios de amparo cuyas audiencias se hayan señalado para los días en que los jueces de distrito de que dependan disfruten de vacaciones a no ser que dichas audiencias deban diferirse o suspenderse con arreglo a la ley.

“Los actos de los secretarios encargados de los tribunales de circuito y de los juzgados de distrito, conforme a este artículo, serán autorizados por otro secretario si lo hubiere, y en su defecto, por el actuario respectivo o por testigos de asistencia”.

Con base en el artículo 161, el encargado de despacho sí podría fallar el juicio de amparo del ex gobernador, y las autoridades a las que se refería la magistrada, en este caso las más importantes,  la Magistrada del Segundo Tribunal Unitario y el Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales (Enrique Vázquez Pérez), ambos con sede en Toluca, ya habían rendido su informe, según consta en el expediente de la defensa de Villanueva Madrid. Contra estas dos instancias se presentó la demanda de amparo por haber sido quienes negaron el beneficio de la prisión domiciliaria a Mario Villanueva.

También se tenían los informes justificados del director general del Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial (Ceferepsi); de la Secretaría de Gobierno, del Director Jurídico y de la Subsecretaría de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, todos ellos pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo; así como del Director de Amparo y Derechos Humanos de Prevención y Readaptación de la Coordinación General de Centros Federales.

La única razón para que el encargado del despacho durante las vacaciones de la Magistrada no tuviera facultades para resolver, es porque no lo hubiera designado el Consejo de la Judicatura, sino el Magistrado directamente, limitándole sus facultades.

Un antecedente de que durante la ausencia del juez es posible que el encargado del despacho resuelva, está en la resolución que dio el Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales sobre el mismo caso, negando a Villanueva Madrid el beneficio de la prisión en su domicilio y ordenando que fuera trasladado al Ceferepsi en el estado de Morelos En este caso el juez se ausentó y resolvió el secretario encargado de despacho.

El ex gobernador de Quintana Roo se encuentra hospitalizado en la una clínica privada en Chetumal, en donde pasará la Navidad y el Año Nuevo.

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El editor que cura contenidos para Ruptura 360, provenientes de comunicados oficiales o del monitoreo de medios. Tiene experiencia en periodismo y no es una persona, sino varias personas que asumen que los contenidos que curan no son de su autoría.

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