Ernesto Ruffo Appel abandonó el Cefereso 1 Altiplano para cumplir prisión domiciliaria en Ensenada, Baja California. La medida cautelar responde a su cuadro clínico y edad avanzada, manteniéndose vigente su proceso penal por presunta delincuencia organizada y contrabando de combustible ferroviario.
También te puede interesar: Huracán Polo amenaza a México con un histórico doble impacto en estas fechas y estados
Traslado federal desde el Altiplano hacia Baja California
El exmandatario estatal completó las valoraciones médicas previas y abandonó la prisión federal mexiquense bajo estricto despliegue de las fuerzas federales con destino final a su residencia particular en Ensenada.
A las 16:28 horas, el exgobernador de Baja California fue entregado al personal de la Guardia Nacional luego de practicársele exámenes médicos de rigor. Estos análisis certificaron que sus condiciones físicas eran idóneas para soportar el desplazamiento interestatal conforme a los protocolos oficiales de seguridad penitenciaria.
El convoy operativo cruzó la garita principal de la prisión de máxima seguridad a las 16:57 horas. El traslado terrestre se ejecutó en una unidad blindada adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), escoltada por dos camionetas de custodia penitenciaria de la misma corporación. La comitiva tomó la autopista Atlacomulco-Toluca rumbo al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, punto donde esperaba una aeronave oficial asignada para el vuelo hacia el norte del país.
Imputaciones de la fiscalía por contrabando de combustible
El expediente judicial imputa la presunta integración de una red dedicada a la evasión tributaria masiva de hidrocarburos procedentes de Estados Unidos a través de fletes ferroviarios continuos.
La investigación conducida por la Fiscalía General de la República (FGR) clasifica las conductas atribuidas como delitos graves que dañan la seguridad y la recaudación nacional. El exintegrante del Partido Acción Nacional (PAN), detenido originalmente en julio pasado, enfrenta cargos por delincuencia organizada al ser señalado como presunto cabecilla de un esquema societario estructurado para ingresar hidrocarburos al territorio mexicano omitiendo el pago de impuestos correspondientes, modalidad identificada técnicamente como huachicol fiscal sobre rieles.
Los componentes centrales de la acusación fiscal comprenden:
- Estructura societaria activa: Participación directa del imputado como socio en una de las empresas mercantiles utilizadas para la importación simulada.
- Logística ferroviaria: Empleo recurrente de carros de ferrocarril para introducir cargamentos de combustible desde la frontera norte sin registrar volúmenes reales.
- Daño al fisco federal: Omisión deliberada de aranceles e impuestos aplicables a la importación formal de hidrocarburos extranjeros.
Justificación legal y cuadro clínico para la medida cautelar
El cambio procesal otorgado por la autoridad judicial derivó de la acreditación médica de padecimientos cardiovasculares crónicos y de movilidad en un procesado de 74 años.
El juez Mario Elizondo Martínez autorizó modificar la prisión preventiva justificada por confinamiento en casa particular. El marco normativo faculta este beneficio a justiciables mayores de 70 años cuyo estado de salud implique riesgos vitales directos. La defensa técnica acreditó formalmente el expediente médico que detalla:
- Trastorno cardíaco documentado con hipertrofia.
- Hipertensión arterial y niveles de colesterol elevados.
- Reducción de motricidad corporal como secuela de una cirugía practicada el año anterior.
Restricciones y vigilancia permanente durante el juicio
El procesado queda sujeto a monitoreo continuo de la Guardia Nacional, entrega de documentación migratoria y prohibición absoluta de interactuar con coprocesados o sus unidades de negocio.
La resolución judicial impone un estricto régimen de supervisión que excluye cualquier forma de libertad operativa. La estancia en el inmueble de Ensenada estará resguardada las 24 horas del día por agentes federales. Cualquier salida del domicilio queda limitada exclusivamente a emergencias hospitalarias debidamente justificadas y siempre bajo custodia policial asignada.
A estas disposiciones se suman reglas operativas de ineludible cumplimiento:
- Reporte diario de supervisión: Mantener contacto cotidiano obligatorio con la Unidad de Medidas Cautelares de la SSPC.
- Aislamiento procesal: Prohibición terminante de establecer contacto, comunicación directa o indirecta con los demás imputados en la causa penal.
- Inhabilitación corporativa: Imposibilidad de trabajar, apersonarse o ingresar en las instalaciones de la empresa involucrada en la logística del combustible investigado.
- Retención migratoria: Entrega obligatoria de pasaporte y visa oficial ante el juzgado, complementada con la prohibición expresa de abandonar territorio nacional.

