Claves de la notica:
- CTM Quintana Roo: califica como práctica discriminatoria el uso de la constancia de antecedentes no penales como filtro discrecional para contrataciones y ascensos.
- Señalamiento: Afirma haber un trasfondo recaudatorio: cada documento cuesta 300 pesos y su vigencia limitada obliga a trámites constantes en zonas de alta demanda como Cancún y Riviera Maya.
- Alternativa: Juristas proponen reformar el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo para prohibir explícitamente esta exigencia, salvo en cargos estrictamente necesarios.
Antecedentes no penales: El filtro que frena el empleo y lacera la economía obrera en Quintana Roo
KANTUNILKÍN, QR.- En el complejo ecosistema laboral de Quintana Roo, donde la rotación de personal en el sector turístico es constante, ha surgido una barrera invisible que, según expertos, vulnera la dignidad de la clase trabajadora: la exigencia sistemática de la constancia de antecedentes no penales. Lo que para las empresas representa un “seguro de confianza”, para la Confederación de Trabajadores de México (CTM) es un acto de discriminación solapado por vacíos legales.
También te puede interesar: Declaración anual 2026: Conoce las fechas límite y evita multas del SAT en abril
Alfonso Balam Helguera, asesor jurídico de la CTM, puso el dedo en la llaga al señalar que esta práctica se ha normalizado tanto en contrataciones iniciales como en procesos de promoción interna. Según el jurista, el documento no se utiliza como una medida de seguridad real, sino como un filtro discrecional que permite a los patrones descartar candidatos sin un sustento jurídico sólido, afectando directamente el derecho humano al trabajo.
Un negocio de 300 pesos y vigencia caduca
Más allá de la ética laboral, Balam Helguera destacó un componente económico que no puede ignorarse. Actualmente, el trámite de esta constancia representa un gasto aproximado de 300 pesos para el bolsillo del trabajador. En destinos de alto volumen laboral como Cancún, Riviera Maya, Isla Mujeres, Cozumel y Holbox, la recaudación por este concepto se vuelve millonaria para las arcas estatales.
“Es un ingreso importante para las autoridades, especialmente porque la constancia tiene una vigencia limitada. Esto obliga al trabajador a tramitarla una y otra vez cada vez que busca una nueva oportunidad o que su empresa decide renovar expedientes, convirtiéndose en un impuesto indirecto al derecho de buscar empleo”, explicó el asesor.
La contradicción con la Suprema Corte
El marco legal en México presenta una dicotomía preocupante. Por un lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha sentado precedentes claros, estableciendo que exigir este documento de forma generalizada constituye un acto discriminatorio. La Corte argumenta que esta práctica atenta contra la presunción de inocencia y la reinserción social, estigmatizando de por vida a quienes ya cumplieron una deuda con la sociedad o, peor aún, a quienes nunca han cometido un delito pero se ven forzados a demostrar su “limpieza” de forma periódica.
Sin embargo, en la práctica cotidiana, los criterios de la Corte parecen letra muerta frente a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Balam Helguera lamentó que, a pesar de los avances en derechos humanos, el artículo 133 de la LFT —que enumera las prohibiciones para los patrones— no contiene una cláusula específica que impida solicitar los antecedentes no penales.
“Al no existir una prohibición directa en la ley, las empresas se sienten con la libertad de seguir solicitándolo. Es necesario adicionar este artículo para que la exigencia se limite únicamente a cargos de seguridad nacional o funciones muy específicas donde el perfil así lo demande, evitando que sea una barrera generalizada”, enfatizó.

El Estado como juez y parte
La crítica de la CTM no se limitó al sector privado. El jurista reveló que el propio Gobierno de Quintana Roo incurre en prácticas similares al solicitar este requisito para trámites administrativos, como el otorgamiento de licencias para la venta de bebidas alcohólicas en bares, restaurantes y minisúper.
Esta imposición ha sido cuestionada bajo la óptica de la libertad de trabajo, pues se considera que el historial penal de un ciudadano no debería ser condicionante para emprender un negocio lícito o ejercer un cargo operativo en el sector servicios, a menos que exista una relación directa y justificada entre el antecedente y la función a desempeñar.
La propuesta de la CTM busca abrir un debate legislativo urgente en el estado y a nivel federal. En un estado que presume de ser el motor turístico de México, la exclusión laboral por criterios administrativos obsoletos representa un retroceso en la justicia social que tanto se pregona en la actual administración.


