CHETUMAL, QR.- Para favorecer la cultura de la denuncia y combatir las malas prácticas en la administración pública estatal, fue ingresada en el Congreso del Estado la Iniciativa de Ley de Protección de Testigos y Denunciantes de Hechos de Corrupción de Quintana Roo.
Uno de los promoventes, el diputado Ricardo Velazco Rodríguez, señaló que el objetivo de dicha iniciativa es proteger integralmente los derechos de los testigos ante cualquier amenaza o intimidación derivada de su testimonio, en relación con el esclarecimiento de actos de corrupción, dentro de un mecanismo de protección, y fomentar la cultura de la denuncia sobre actos indebidos cometidos por alguna autoridad.
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La medida busca garantizar también la protección de los denunciantes que, al actuar conforme a un código de ética, no sufran represalias.
Por ello, esta iniciativa está dirigida a testigos, denunciantes, servidores públicos y particulares que informen a las autoridades competentes sobre actos de corrupción relacionados con faltas administrativas o con hechos que pudieran atentar contra la libertad de expresión de quienes los denuncien.
El documento destaca que testigos y denunciantes juegan un papel fundamental en el combate a la corrupción, ya que son quienes aportan los elementos necesarios para que las autoridades investiguen y, en su caso, sancionen las conductas indebidas o de corrupción por parte de servidores públicos.
Otra de las impulsoras de la iniciativa, la congresista María José Osorio Rosas, destacó que una de las formas más efectivas de combatir la corrupción es mediante la denuncia.
“No se puede permitir que aquellos testigos o quienes denuncian queden en el abandono total; por el contrario, deben contar con un verdadero respaldo”, resaltó.
Elementos que confirman a la iniciativa de Protección de Testigos y Denunciantes

La iniciativa propone tres garantías principales para testigos y denunciantes:
- Seguridad
- Confidencialidad
- Acompañamiento
Asimismo, pretende proteger también a los familiares cercanos de testigos y denunciantes, y eliminar el temor a perder el empleo, sufrir hostigamiento o poner en riesgo su integridad física.
La iniciativa está compuesta por 34 artículos y cuatro títulos:
- Disposiciones generales
- De las medidas de protección para testigos y denunciantes de hechos de corrupción
- Del registro de personas protegidas
- Medio de impugnación
El artículo 15 establece que, para la protección de testigos y denunciantes, se deberán considerar:
- La vulnerabilidad del sujeto de protección
- La situación de riesgo
- La importancia del caso
- La trascendencia de la información presentada
El artículo 16 indica que los denunciantes o testigos deberán presentar una solicitud ante la autoridad competente, como la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, el Tribunal de Justicia Administrativa o la Auditoría Superior del Estado, que deberá advertir el riesgo existente.
La solicitud debe contener los siguientes requisitos:
- Información sustentada
- Identificación de las personas que representen un riesgo para su integridad
- Petición de medidas específicas de protección
- Domicilio, número telefónico y correo electrónico
El tercer promovente de la iniciativa fue el diputado Hugo Alday.

