CHETUMAL, QR.- El robo de ganado es un problema que afecta a los productores del estado, sin que hasta el momento se hayan tomado medidas efectivas para erradicarlo, sin embargo la diputada Alicia Tapia propondrá penas más severas por la comisión del delito de abigeato.
La legisladora petista ingresó una iniciativa en el Congreso del Estado cuyo objetivo es contrarrestar esta actividad delictiva y proteger el patrimonio del sector ganadero.
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De acuerdo con la diputada del distrito 13 y con datos de las asociaciones ganaderas, al mes se roban al menos 10 cabezas de ganado tan sólo en la ribera del río Hondo, al año se estiman perdidas de más de 1.5 millones de pesos, lo que representa un golpe para la ganadería formal de la zona.
Indicó que este problema se ha vuelto una de las principales preocupaciones de los productores pecuarios. Los productos que se obtienen del abigeato terminan en las carnicerías de sur de la entidad.
El Código Penal del Estado de Quintana Roo actualmente establece en el artículo 149-Bis:
I. Si fuera una o dos cabezas, se aplicará prisión de dos a cuatro años y de treinta a ochenta días multa.
II. Tratándose de tres a cinco cabezas, se aplicará prisión de cuatro a nueve años y de setenta a doscientos días multa.
III. Cuando el número de cabezas fuera mayor de seis, se aplicará prisión de seis a doce años y de cien a cuatrocientos días multa.
Aunque la diputada enfatiza que muchas de las veces los delincuentes no son sorprendidos con el animal vivo, sino cuando transportan la carne o productos derivados del hurto.
Los animales una vez extraídos de las parcelas o ranchos, son destazados en las inmediaciones y transportados a diversos puntos para su comercialización. En caso de ser sorprendidos en este punto, la pena es menor, un máximo de tres años.
Hasta 12 años de prisión a ladrones de ganado
La propuesta de la congresista va encaminada a reformar el artículo 149 del Código Penal que establecería hasta 12 años de prisión a las personas que:
I. Adquiera, oculte, transporte o comercie con ganado, pieles, carnes u otros derivados, productos del abigeato.
II. Los que adquieran ganado producto del abigeato sin cerciorarse de su legítima procedencia.
III. Con perjuicio de otro, disponga para sí o para otro, de una o más cabezas de ganado, de las cuales se le haya transmitido la tenencia y no el dominio, o bien se le haya entregado para su custodia.
IV. Los que protejan ganado producto del abigeato con documentos alterados o documentación expedida para otros animales.
V. Marque, contramarque, señale, contraseñale o elimine las marcas en animales ajenos, en cualquier parte, sin derecho para ello.
VI. Expidan documentos falsos para obtener permisos simulando ventas o hagan uso de documentos falsificados para cualquier negociación sobre ganados o cualquiera de sus derivados.
La también presidenta de la Comisión de Desarrollo Rural y Pesquero del Congreso del Estado aseguró que la actividad ganadera no está exenta de sufrir los estragos de la inseguridad y ataques de la delincuencia.
De acuerdo con las asociaciones ganaderas en Quintana Roo hay un hato ganadero aproximado de 110 mil cabezas de ganado.