Hasta 10 años de prisión a propietarios cuyas mascotas provoquen muerte de personas

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CHETUMAL QR.- Dueños de mascotas en Quintana Roo que ataquen y provoquen cuyas negligencias deriven en ataques, lesiones o la muerte de personas y otros animales serán sancionados severamente.

El Congreso del Estado aprobó reformas integrales al Código Penal y a la Ley de Bienestar Animal que establecen sanciones de hasta 10 años de prisión en casos en los que la falta de cuidado o el dolo resulten en la muerte de una persona.

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Esta medida busca reducir los índices de violencia animal y proteger a la ciudadanía en los 11 municipios del estado.

Un reclamo social ante el incremento de ataques en Quintana Roo

El diputado Renán Sánchez Tajonar, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo), señaló que esta iniciativa responde a una demanda histórica de la población. Los ataques de mascotas en colonias populares han sido un problema cotidiano que carecía de un marco punitivo claro.

Sánchez Tajonar destacó que, si bien la mayoría de los incidentes ocurren de forma accidental por descuido, existen casos alarmantes donde los animales son utilizados como “herramientas de ataque”. La ley ahora distingue entre el accidente por omisión y la agresión intencionada.

Según datos de la Secretaría de Salud, el panorama en la entidad es preocupante. Durante el año 2025, se documentaron aproximadamente 2,330 casos de mordeduras de perros en Quintana Roo.

Esta cifra representa un incremento del 28% en comparación con el año anterior, evidenciando una crisis de responsabilidad.

Homicidio por negligencia: Las nuevas sanciones del Código Penal

La reforma al Artículo 87 Bis del Código Penal es clara: el dueño de mascotas o cuidador de una es legalmente responsable si el animal causa la muerte de un tercero debido a la falta de medidas de seguridad o previsión.

Las penas establecidas para este delito oscilan entre los cinco y 10 años de prisión, además de una sanción económica que va de los 250 a los 750 días de multa. El objetivo es que los dueños entiendan que la tenencia de un animal conlleva obligaciones legales ineludibles.

Asimismo, la normativa contempla agravantes importantes. Las penas podrán incrementarse hasta en una tercera parte si las víctimas son menores de edad, adultos mayores de 60 años o mujeres embarazadas. También se agravará si los dueños de mascotas ya habían sido advertido o si el animal tenía antecedentes de agresividad.

Responsabilidad de dueños de mascotas por lesiones y ataques a otros animales

No solo se castigará el desenlace fatal. El Artículo 104 Ter ahora tipifica el delito de lesiones por negligencia. Si una mascota hiere a una persona porque su dueño no tomó las medidas necesarias, este podrá enfrentar de seis meses a tres años de cárcel.

La protección se extiende también al reino animal. Bajo el Artículo 179 Bis, aquel propietario que instigue o incite a su mascota a atacar a otro animal será sancionado con uno a cinco años de prisión. Si dicho ataque resulta en la muerte del otro animal, la pena aumenta de cuatro a seis años.

Por otro lado, el Artículo 106 define el “homicidio calificado” cuando existe una clara intención del dueño de utilizar al animal como arma para quitarle la vida a un ser humano. En estos casos, la ley actuará con el máximo rigor penal previsto para crímenes dolosos.

Dueños de mascotas: hasta 10 años de cárcel por negligencia
Imagen: R360

Vigilancia y excepciones: ¿Quiénes quedan exentos?

La nueva legislación no es absoluta y contempla el instinto natural de defensa. Quedarán exentos de punibilidad aquellos dueños de mascotas cuyos animales actúen bajo el instinto de protección hacia su cuidador, siempre y cuando se compruebe dicha circunstancia ante las autoridades.

Para garantizar la correcta aplicación de estas reformas, se trabajó en conjunto con la Fiscalía Especializada en Combate a los Delitos Ambientales, la Fauna y el Desarrollo Urbano, así como con la Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA).

Estas instituciones serán las encargadas de vigilar el cumplimiento de la ley y de procesar las denuncias ciudadanas. Con esto, Quintana Roo busca fomentar una cultura de responsabilidad donde el bienestar animal y la seguridad pública caminen de la mano.


Datos Clave de la Reforma

  • Pena máxima: 10 años de cárcel por muerte causada por mascota.
  • Incremento de ataques: 28% más mordeduras registradas en 2025.
  • Población vulnerable: Agravantes por ataques a niños, ancianos y embarazadas.
  • Maltrato indirecto: Sanciones por incitar peleas o ataques entre animales.

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Hasta 10 años de prisión a propietarios cuyas mascotas provoquen muerte de personas

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David Acosta
Lic. en Derecho Burocrático y periodista. Fue columnista y coordinador de Novedades Chetumal, también corresponsal del periódico La Verdad y Quintana Roo Hoy. Cuenta con experiencia en radio y periodismo digital.

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