CIUDAD DE MÉXICO.- Los cambios de último momento al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, debilitan los efectos de la reforma al outsourcing, reclamó Pablo Franco, presidente de la Unión de Juristas de México.
La propuesta original establecía que las empresas que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán:
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- Contar con autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)
- Acreditar el carácter especializado del servicio que otorgan y estar al corriente de sus obligaciones (laborales, fiscales y de seguridad social)
Antes de presentar el dictamen sobre outsourcing en el pleno de la Cámara de Diputados, legisladores modificaron dicho artículo para señalar que las empresas de subcontratación únicamente tienen que registrarse ante la STPS, es decir, no se requiere una autorización.
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“Si se trata de un simple registro, entonces tendría que ser facultad del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para efecto de cerciorarse de que los contratos colectivos de trabajo no se vean afectados por la terciarización”, comentó Pablo Franco.
Alejandro Avilés, doctor en derecho, denunció que no se elimina totalmente la subcontratación.
El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo establece que las empresas que provean personas trabajadoras, tendrán un permiso de 3 años, según información de El Economista.
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“Eso es demasiado tiempo para una subcontratista, pues todos sabemos que una característica del outsourcing es que cambian de razón social constantemente para evadir obligaciones”, dijo Alejandro Avilés.