sábado, enero 24, 2026

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Qué debes hacer en una invasión de propiedad: casa, departamento o terreno

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La invasión de propiedad consiste en la ocupación de un inmueble sin la autorización legitima del propietario. Suelen ser conocidas como paracaidistas o invasores, las personas que cometen este delito. Por lo general, dichos individuos se instalan en viviendas desalojadas o vacantes, de acuerdo con Aptis.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), en México existen 6.15 millones de viviendas abandonadas, lo que representa un dato alarmante, pues aumentan las probabilidades de que ocurran este tipo de situaciones.

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Cuando alguien invade el inmueble de otra persona, lo que debe hacer el propietario es no sucumbir ante el pánico para tener claridad, actuar con eficacia y así recuperar la propiedad y preservar los derechos.

invasión de propiedad
La invasión de propiedad puede darse en viviendas que parecen abandonadas. Foto: R360

Qué hacer ante la invasión de propiedad

Los pasos a seguir en caso de que se sea víctima de invasión de propiedad son los siguientes de acuerdo con Yave:

  • Habla con las personas que están invadiendo tu propiedad

Lo primero que se debe hacer, es acercarse a la persona o las personas que estén invadiendo la propiedad y realizar preguntas clave como ¿cuántas personas están dentro?, ¿qué tipo de actividad o convivencia llevan? o ¿para qué hacen uso de la vivienda?

Es recomendable no asistir solo.

Según la Ley, el propietario tiene 15 días para después de haber sido invadido para aplicar sus propios métodos y recuperar su vivienda. Pasados os 15 días, se puede iniciar con el proceso legal.

  •  Juntar todos los papeles que comprueben que la propiedad le pertenece

Si el invasor no quiere salirse de la propiedad, la dueña o el dueño, debe reunir los papeles que certifiquen que el inmueble le pertenece.

Entre los documentos se encuentran: recibos del predial, servicio de agua o luz; contrato de compraventa y escrituras.

  • Solicitar asesoría profesional

Cuando el propietario haya recolectado y ordenado todos los documentos que demuestren que la vivienda le pertenece, deberá contactar a un abogado de confianza o acercarse a un asesor inmobiliario que pueda guiarlo para presentar su caso ante las autoridades correspondientes.

  • Acudir con las autoridades correspondientes

Si el invasor sigue en el inmueble del propietario, este último deberá acudir con las autoridades correspondientes y levantar una denuncia.

Si se procesa correctamente la denuncia, las autoridades eventualmente emitirán una orden de desalojo a los invasores. El proceso, lamentablemente, puede ser largo.

Cómo evitar la invasión de propiedad

El Colegio Nacional de Notariado Mexicano recomienda lo siguiente para evitar la invasión de propiedad:

  • Tener amparados los bienes inmuebles con sus títulos de propiedad ante un notario público o juez correspondiente.
  • No dejar los inmuebles abandonados. Procurar que no tengan apariencia de abandono, para no llamar la atención de los invasores.
  • Realizar un testamento para facilitar la tramitación de la sucesión de la propiedad.
  • Colocar anuncios de propiedad privada en los inmuebles.
  • Mantener constante comunicación con vecinos, para que notifiquen si sucede algo extraño en la propiedad.
  • Proteger el inmueble o vivienda cerrando puertas y ventanas e instalar protecciones en estas

La Ley señala en el Código Penal federal, artículo 395, lo siguiente sobre la invasión de propiedad:

“Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca”.

En el mismo artículo enciso II, destaca las acciones para los dueños de un predio: “Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante”.

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