CDMX.- El SAT podría multar a contribuyentes que no reporten ciertos movimientos financieros, advirtió la autoridad fiscal. Aunque se ha difundido que las multas podrían alcanzar hasta 35 mil pesos, lo cierto es que esta medida se aplica únicamente cuando hay incumplimiento de obligaciones informativas previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
De acuerdo con el Artículo 90 de la LISR, las personas físicas deben declarar en su declaración anual los préstamos, donativos o premios que reciban durante el año cuando el monto total supere los 600 mil pesos, ya sea de forma individual o sumando varios movimientos. No cumplir con esta obligación puede generar discrepancias fiscales y que el SAT considere esos montos como ingresos acumulables, lo que implicaría el pago de impuestos.
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SAT podría multar a quienes incumplan la declaración anual
Las personas morales también enfrentan obligaciones adicionales. Si reciben préstamos o aportaciones en efectivo que excedan los 600 mil pesos, deben presentar un aviso al SAT dentro de los 15 días hábiles posteriores a la operación, conforme al Artículo 86-A de la LISR, mediante el formato oficial establecido por la autoridad.
Aunque no existe una multa fija de 35 mil pesos, el monto mencionado corresponde a los máximos que el SAT podría multar por omitir declaraciones informativas. La sanción depende del tipo de incumplimiento y de la gravedad de la omisión, por lo que no se aplica automáticamente.

El SAT podría multar también si detecta movimientos que no coincidan con los ingresos declarados. Por ello, es fundamental reportar correctamente los préstamos, donativos o premios que superen los 600 mil pesos, incluso si provienen de familiares o amigos. En el caso de empresas, también deben avisar cuando reciban aportaciones o préstamos en efectivo por encima de ese mismo monto.
Cada omisión puede derivar en sanciones que van desde 1,400 hasta 34,730 pesos, según el monto no reportado. En algunos casos, el organismo fiscal puede aplicar una multa del 50 al 75% del valor del depósito no informado, además de los recargos correspondientes. Por esta razón, el SAT podría multar a quienes no conserven comprobantes claros de cualquier préstamo o donativo, incluso entre personas cercanas.
El Servicio de Administración Tributaria ha subrayado que no se aceptarán excusas por tratarse de préstamos entre familiares o amigos si el objetivo es evadir impuestos o justificar ingresos no declarados. Mantener un registro adecuado de los movimientos financieros es clave para evitar que el SAT pueda multar.

