miércoles, enero 7, 2026

Advierte cofundador de Morena sobre pérdida de credibilidad en el partido

El cofundador de Morena alerta sobre la pérdida de credibilidad del partido y llama a fortalecer mecanismos internos de rendición de cuentas.

$250 por agua: El menú viral que expone el turismo de lujo en Tulum

Un menú del festival Zamna en Tulum se viralizó por precios escandalosos, cobrando $250 pesos por una botella de agua. Analizamos la polémica y el modelo de turismo de lujo en Quintana Roo.

Inician trabajos de reparación del sistema de drenaje en la isla de Holbox

La isla de Holbox fortalece su infraestructura de Holbox con trabajos de reparación del sistema de drenaje antes de la temporada alta.

Empujan iniciativa para dar dientes al Régimen de Propiedad en Condominio

Fecha:

CANCÚN, QR.- El diputado Hugo Alday Nieto presentó ante la XVIII Legislatura del Congreso de Quintana Roo una iniciativa para adicionar una fracción al artículo 25 del Código Civil Federal, para que se reconozca al régimen de propiedad en condominio como persona moral, lo que permitiría a estos conjuntos habitacionales operar con autonomía y seguridad jurídica.

Actualmente, el Código Civil Federal no otorga personalidad jurídica a los condominios, lo que obliga a sus propietarios a recurrir a figuras como asociaciones civiles o sociedades mercantiles para gestionar aspectos administrativos y legales.

También te puede interesar: Definen lista de candidatos para elección del Poder Judicial en Quintana Roo

Condominios
Hugo Alday presenta la reforma para cambiar registro de condominios. Foto: Hugo Alday.

Esta situación ha generado problemas en la administración de los recursos, en la obtención de permisos ante autoridades federales y en la representación legal ante instancias judiciales.

En varios estados como Baja California Sur, Jalisco, Colima, Sinaloa, Querétaro y Quintana Roo, los condominios ya son reconocidos como personas morales.

Esto les permite actuar legalmente como entidades autónomas, firmar contratos, gestionar recursos propios y resolver conflictos sin depender de terceros. También facilita la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la tributación como entidades sin fines de lucro.

El diputado argumentó que la falta de reconocimiento federal ha provocado que los condominios enfrenten limitaciones en la gestión de permisos federales para el uso de zonas federales o descargas de aguas residuales, ya que al no contar con personalidad jurídica, estos trámites deben ser realizados por asociaciones civiles, lo que genera incertidumbre y posibles conflictos administrativos.

Otro problema identificado es la administración de los recursos financieros. Actualmente, los fondos de mantenimiento y operación de muchos condominios quedan bajo el control de asociaciones civiles o sociedades mercantiles, lo que puede generar riesgos de desvío de recursos, falta de transparencia y conflictos entre los propietarios.

Al dotar de personalidad jurídica a los condominios, estos podrían gestionar sus propios recursos sin depender de entidades externas.

condominios
Respaldan la iniciativa de reforma. Foto: Cortesía.

La iniciativa también destaca que la falta de reconocimiento legal ha dificultado la resolución de conflictos internos y externos de los condominios. Sin una estructura jurídica propia, los procedimientos legales se vuelven más complicados y prolongados, lo que afecta la capacidad de respuesta ante problemas administrativos o demandas judiciales.

La propuesta busca reformar el artículo 25 del Código Civil Federal para incluir al régimen de propiedad en condominio dentro del listado de personas morales. La modificación propuesta quedaría de la siguiente manera.

Artículo 25.- Son personas morales

I. La Nación, los Estados y los Municipios;
II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
III. Las sociedades civiles o mercantiles;
IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley;
VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736;
VIII. El régimen de propiedad en condominio.

En Quintana Roo, el régimen de propiedad en condominio ya está reconocido como persona moral en el artículo 429, fracción IX, del Código Civil del estado, lo que ha permitido una administración más eficiente. La propuesta de reforma federal busca replicar este modelo a nivel nacional para brindar certeza legal a los condóminos en todo el país.

El reconocimiento de los condominios como personas morales en el ámbito federal reforzaría su seguridad jurídica y permitiría su administración directa sin necesidad de recurrir a figuras externas. La iniciativa ha sido remitida a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.

Banner Google News


WhatsApp

Compartir:

Historias relacionadas