CANCÚN, QR.- El Periódico Oficial del Estado publicó el documento de la Auditoría Superior del Estado (Aseqroo) en el que informa sobre los lineamientos de entrega de la Cuenta Pública 2024, la que debe ser entregada a la XVIII Legislatura a más tardar el 30 de abril de este año, lineamientos que entran en vigor a partir de hoy.

Los sujetos obligados: Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial; órganos autónomos y Ayuntamientos, “deberán entregar la cuenta pública en buen estado, debidamente foliada en orden cronológico, en un recopilador de archivos, separadas por tipo de póliza (ingreso, egreso, diario y presupuestales”, especifica la publicación.

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Dentro de la Cuenta Pública estará integrada la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente como reportes, contratos, cotizaciones, fotografías, auxiliares y demás instrumentos que la integran.

Los expedientes deben incluir los papeles unitarios de la obra pública y de adquisiciones de bienes, arrendamientos y contratación de servicios.

Entes oblidados pueden optar por designar a quien entregue la Cuenta Pública

Aclara el documento, que no es necesario que la o el presidente municipal entregue personalmente la Cuenta Pública, para ello, el ente público deberá “designar o habilitar, mediante oficio, al servidor público encargado por el Titular o representante legal para realiza la entrega…”.

Las entidades fiscalizables tendrán este mes para la integración de su Cuenta Pública; en abril, la Aseqroo realizará el calendario de recepción de las cuentas públicas, para que a más tardar, el 30 de ese mes sea entregada a la XVIII Legislatura para su análisis y dictamen.

La Cuenta Pública que presenten los entes fiscalizables se recibirá físicamente en las instalaciones de la Auditoría Superior del Estado de Quintana Roo, debiendo cumplir con las instrucciones que se indiquen, para tal fin, por el personal acreditado de la Aseqeroo.

Cuenta Pública

Para efectos de la rendición de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2024 y conforme a lo señalado en el segundo párrafo del artículo 15 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado, la Aseqroo únicamente recibirá Cuenta Pública, de manera física, conforme a sus lineamientos, por lo que la Cuenta Pública electrónica o digital, para su recepción, tendrá que ser previamente acordada por el ente fiscalizable con la Auditoría Superior del Estado, mediante convenio y con base en los lineamientos que al efecto emita ésta última, para su integración y presentación.


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