consulta pública contra Aguakan
Aprueban número de boletas para casillas especiales de la consulta pública contra Aguakan. Foto: Por Esto!

CHETUMAL, QR.- Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), aprobaron que en cada casilla especial que se instale en los municipios donde se llevará a cabo la consulta popular contra Aguakan, se incluyan mil boletas.

Los municipios en donde se instalarán las casillas especiales son Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos; se excluye a Isla Mujeres.

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De conformidad con lo establecido por la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales (Cotspel), mediante el Acuerdo INE/COTSPEL2021-2022/016/2022, se realizaron ajustes al funcionamiento de las casillas especiales para la consulta popular, por lo tanto, la Dirección de Organización deberá adoptar las consideraciones necesarias a fin de dotar a dichas casillas que se instalarán en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos, de la documentación necesaria de conformidad con el criterio establecido por el INE.

Además, se incluirá la siguiente documentación:

  • Un acta de la Jornada de la Consulta Popular para Casilla Especial
  • Cuatro actas de escrutinio y cómputo de la Consulta Popular para Casilla Especial
  • Cuatro carteles de resultados de la Consulta Popular para la Casilla Especial
  • Cuatro sobres para el expediente de la Consulta Popular de la Casilla Especial
  • Un sobre para las Actas de Escrutinio y Cómputo de Casilla Especial por fuera del paquete
  • Una hoja para hacer las operaciones de la mesa de escrutinio y cómputo de la Consulta Popular de la Casilla Especial
  • Un acta de las y los Electores en Tránsito para Casillas Especiales
  • Cuatro sobres genéricos para votos válidos
  • Cuatro sobres genéricos para votos nulos
  • Cuatro sobres genéricos para boletas sobrantes

Escenarios por los que se podrá votar o no en la consulta

Se informó también que los escenarios posibles por los que una persona pueda votar o no en la casilla especial deberá ser en el siguiente sentido, de acuerdo con la ubicación del domicilio de la ciudadanía en tránsito: si se encuentra dentro de la entidad federativa, dentro de la circunscripción local, dentro de su municipio, dentro de su distrito local y dentro de su sección, entonces, la o el ciudadano debe ir a la casilla que le corresponde.

En los casos donde la o el ciudadano sólo se encuentre fuera de su sección, podrá votar por: gubernatura, Diputación Local de Mayoría Relativa, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (solo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve).

En los casos donde la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección y fuera de su distrito local, podrá votar por: gubernatura, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve).

Otro de los casos donde la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección, fuera de su distrito local y fuera de su municipio, podrá votar por: gubernatura, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve). En los casos donde la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección y fuera de su municipio, podrán votar por: gubernatura, Diputación Local MR, Diputación Local RP y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve).

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En los casos donde, la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección, fuera de su distrito loca, fuera de su municipio y fuera de su circunscripción local, sólo podrá votar por: gubernatura y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve) y finalmente, si la o el ciudadano se encuentra fuera de su sección, fuera de su distrito local, fuera de su municipio, fuera de su circunscripción local y fuera de la entidad federativa, no podrán votar en la elección local ni en la Consulta Popular.

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