Hace más de un año, para ser precisos en diciembre del año 2020, el Congreso de la Unión promovió diversas reformas a la Constitución General de la República para que se aprobara la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

En este sentido, fue precisamente el día 17 de mayo de 2022 que finalmente se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, estableciendo en su artículo transitorio segundo, que existe un plazo de 180 días, que fenece el día 17 de noviembre de 2022 para que las legislaturas locales actúen en consecuencia.

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En este orden de ideas, la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo fue reformada en julio de 2021 en su última ocasión por la presente Legislatura local.

Revisión de la Ley de Movilidad estatal

Derivado entonces de una Ley General de Movilidad y Seguridad publicada el 17 de mayo de 2022, es evidente que que se requiere una revisión de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo para homologarla a la federal, dado que el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, expresamente señala lo siguiente:

“DOF: 17/05/2022
DECRETO por el que se expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

TRANSITORIOS

Segundo. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberán aprobar las reformas necesarias a las leyes de su competencia, a fin de armonizarlas con lo dispuesto en esta Ley.

En este orden de ideas, es importante que exista un trabajo previo de la Legislativa vigente en Quintana Roo, dado que el plazo perentorio señalado en el decreto va a tomar a la nueva legislatura con los dedos en la puerta.

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