CHETUMAL, QR.- Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), en sesión extraordinaria, aprobó el registro de Fuerza por México y rechazó el de Encuentro Social.

Como parte de su orden del día, el Consejo General del Instituto, determinó respecto del dictamen emitido por la Dirección de Partidos Políticos, derivado de la solicitud de registro como partido político local del otrora partido político nacional Fuerza por México, en términos de lo dispuesto en el artículo 95, párrafo 5 de la ley general de partidos políticos.

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Los consejeros electorales señalaron como viable la aprobación del registro de Fuerza por México Quintana Roo, como partido político local, en términos de lo dispuesto en el numeral 15 de los Lineamientos.

A partir del 1 de enero de 2022, el partido local adquiere:

  • Los derechos previstos en los artículos 23 de la Ley de partidos y 49 de la Ley local
  • Las prerrogativas referidas en los artículos 26 de la Ley de Partidos y 52 de la Ley local
  • Las obligaciones señaladas en los artículos 25 de la Ley de partidos y 51 de la Ley local

El Consejo también se pronunció con respecto del dictamen emitido por la Dirección de Partidos Políticos, derivado de la solicitud de registro como partido político local del otrora partido político nacional Encuentro Solidario, en términos de lo dispuesto en el artículo 95, párrafo 5 de la ley general de partidos políticos.

Al respecto, cita un comunicado de prensa, el Consejo General determinó que la solicitud de registro como partido político local realizada por el otrora partido político nacional Encuentro Solidario, resulta improcedente, al no cumplir con el porcentaje mínimo de votación válida, es decir, no alcanzó el porcentaje mínimo de al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección federal correspondiente al año 2021.

Del Registro de Fuerza por México a la paridad de género

En otro punto del orden del día, integrantes del Consejo General del Instituto emitieron los criterios y procedimientos a seguir en materia de paridad en el registro de candidaturas que se postulen para las elecciones de diputaciones y gubernatura en el Proceso Electoral Local 2021-2022.

En caso de que los partidos políticos consideren postular a personas candidatas que se autoadscriban con el género distinto al que aparezca en su acta de nacimiento, podrán presentar cualquiera de los siguientes documentos con el objetivo de evitar suplantaciones de candidaturas de personas trans y en abono al principio de certeza al momento de su registro en alguna candidatura:

  • Solicitud de rectificación de acta de nacimiento
  • Acta de nacimiento rectificada o corrección sexogenérica
  • Elementos que demuestren que la comunidad en la que se desenvuelve le reconocen como hombre o mujer, según el género en el cual se autoadscribió
  • Cualquier otro elemento que permita presumir su autoadscripción de género

Se deberá prever en los Criterios de Registro de candidaturas la inclusión de un formato específico en el que las personas candidatas puedan manifestar, en su caso, su autoadscripción de género al momento de solicitar sus respectivos registros, cita un comunicado.

El Consejo General determinó procedente realizar las acciones necesarias para garantizar el principio constitucional de paridad de género e identidad sexual, apegados a los criterios y procedimientos a seguir en materia de paridad en el registro de candidaturas en las fórmulas que se postulen para la elección de integrantes de diputaciones y gubernatura en el Proceso Electoral Local 2021-2022.

“Este Instituto como ente responsable de la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía quintanarroense y atendiendo al principio de legalidad, se encuentra obligado a ceñirse a los criterios de las autoridades jurisdiccionales en la materia electoral, dotando así de certeza jurídica cada uno de sus actos dentro y fuera de los procesos electorales.”, señaló el boletín de prensa.

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